10 de mayo 2018 - 00:00

Fallo exime a tabacalera de pagar un impuesto

Un fallo del Juzgado Federal Nº 1 de Córdoba concedió una medida cautelar solicitada por Centro Tabacalera SA, compañía de esa provincia, por el cual la firma queda exceptuada, por seis meses, del pago de un tributo que grava la producción y comercialización de productos derivados del tabaco.

La firma había recurrido a la Justicia para indicar que el pago de este tributo afectaría su normal operación y sus ganancias, indicando, según la demanda, que el pago del tributo era "arbitrario e inconstitucional".

Este podría ser el primer permiso que la Justicia le otorgue a una tabacalera para pagar menos impuestos luego de la reforma tributaria aprobada por el Congreso en diciembre. Y, de extenderse a otras compañías, podría significar una merma de la recaudación de unos 2.500 millones de pesos sólo para 2018.

En un fallo conocido esta semana, el juez Ricardo Bustos Fierro dio la razón a la demandante y dispuso "hacer lugar a la medida cautelar solicitada por el plazo de seis meses", ordenándole a la AFIP no cobrarle este tributo.

En concreto, se trata del pago de un impuesto interno mínimo de 28 pesos por cada paquete de 20 unidades de cigarillos vendido.

El mismo juzgado había rechazado, en noviembre pasado, una medida cautelar similar solicitada por la misma empresa, argumentando que no existía "grado de verosimilitud suficiente".

En cambio, en esta oportunidad, al otorgar la medida cautelar, el mismo juzgado indicó que "la firma actora podría verse afectada en la real capacidad contributiva, lo que redundaría en perjuicio de su desenvolvimiento económico con las consecuencias que pudieran reflejarse tanto en lo impositivo como en lo laboral y previsional".

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