25 de enero 2011 - 00:13

Fallo ratifica que los piquetes son un delito

• Fue por una causa de 2009.
• Las penas podrían ir de 3 meses a 2 años

La polémica se inició con la causa de tres jóvenes que mantuvieron el tránsito cortado en una manifestación de apoyo a los trabajadores de Kraft, ex Terrabusi.
La polémica se inició con la causa de tres jóvenes que mantuvieron el tránsito cortado en una manifestación de apoyo a los trabajadores de Kraft, ex Terrabusi.
La Sala II de la Cámara en lo Penal Contravencional y de Faltas de Capital Federal ratificó en un fallo que los piquetes que afectan a los transportes tanto públicos como privados son un delito. Fue en el marco de una causa por una protesta de 2009.

La causa involucra a tres estudiantes universitarios que participaron de una protesta en apoyo a los trabajadores de Kraft en 2009, en la que cortaron la intersección de Corrientes y Callao. Se trata de un fallo en segunda instancia que sienta un importante precedente jurisprudencial.

Previamente, este tipo de cortes era considerado una contravención, pero este fallo dio un giro considerando que los piquetes que afectan tanto al servicio público como privado del transporte son un delito.

Los fiscales Aníbal Brunet y Martín Lapadu habían solicitado penas de hasta 50 días de prisión para los estudiantes cuando requirieron que la causa fuera elevada a juicio oral.

En la causa se planteó un conflicto de competencia y el tribunal ratificó una decisión de primera instancia de la jueza Cristina Lara, que establece que los estudiantes Jesica Calcagno, Patricio del Corro y Juan Oribe serán investigados por el artículo 194 del Código Penal que sostiene que quien entorpece el normal funcionamiento de los transportes podrá recibir de tres meses a dos años de prisión.

«El fallo no es obligatorio para los jueces de primera instancia, pero sienta un importante precedente y marca una línea de pensamiento del superior jerárquico de los jueces, por lo cual no todos los nuevos casos necesariamente van a ser juzgados como delitos, dependerá del juez y su criterio», explicó al abogado Fernando Arias Caamaño a este diario. Y agregó que «si un juez mañana dice que no es delito y la resolución es apelada y cae en la misma sala, seguramente voten igual que en este caso y deba el caso puntual ser juzgado como delito. Hay otras dos salas que no necesariamente pueden pensar igual».

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