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Juicio a sindicalista de Kraft por corte de calle sin permiso
El delegado de los trabajadores de la firma Kraft, Ramón Bogado, será sometido a juicio oral y público por haber llevado adelante un corte de calle frente al Ministerio de Trabajo en agosto del año pasado sin notificación previa.
El juez en lo Penal y Contravencional de la Capital federal, Javier Buján, resolvió que el sindicalista sea juzgado el próximo 7 de mayo. Bogado está acusado de obstruir el tránsito durante una audiencia de conciliación que se realizó en el Ministerio de Trabajo entre los delegados de los trabajadores y las autoridades de la empresa el pasado 24 de agosto, durante el conflicto que surgió a raíz del despido de 160 empleados de Kraft Foods.
El juez Buján tuvo en cuenta el acta policial labrada ese día, en la que se identificó a Bogado como líder de la protesta, así como la falta de permisos exigidos por la Ciudad para realizar corte de calles. Habría, además, otros imputados que aún no fueron individualizados.
Previamente, la Sala II de la Cámara en lo Penal y Contravencional había desestimado un pedido de nulidad de la defensa de Bogado, y en los últimos días el tribunal de alzada rechazó un recurso extraordinario para que el caso sea evaluado por el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad.
A Bogado se lo acusa de infringir el artículo 78 del Código Contravencional porteño, que prevé de uno a cinco días de trabajos comunitarios o multa de 200 a 1.000 pesos a «quien impide u obstaculiza la circulación de vehículos por la vía pública o espacios públicos».
Esa norma establece que «el ejercicio regular de los derechos constitucionales no constituye contravención. A tal fin deberá, con razonable anticipación, darse aviso a la autoridad competente, debiendo respetarse las indicaciones de ésta, si las hubiere, respecto al ordenamiento».
A fines del año pasado, el piquetero kirchnerista Luis DElía enfrentó un juicio oral y público por los mismos delitos, pero fue absuelto, ya que argumentó que había notificado al Ministerio de Interior sobre una caravana que interrumpió el tránsito porteño durante 7 horas. En esa oportunidad, la jueza a cargo del caso consideró que la norma no era suficientemente clara respecto a qué autoridades se debía notificar (del Gobierno de la Ciudad o del Ministerio del Interior, a cargo de la Policía Federal) y por eso absolvió al dirigente kirchnerista.


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