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La Corte revocó otro fallo contra un diario
El máximo tribunal ratificó así la línea que afianzó en varios fallos respecto de la defensa de la libertad de prensa, en medio del debate por la suspensión de la nueva ley de radiodifusión. Este caso ya está en tratamiento en la Corte, si bien no se sabe cuándo se pronunciarán sobre uno de los temas más espinosos en la relación entre el Gobierno y los medios de comunicación.
El voto mayoritario de tribunal fue firmado por el titular de la Corte, Ricardo Lorenzetti, su vicepresidente, Elena Highton de Nolasco, y los ministros Enrique Petracchi y Juan Carlos Maqueda.
Este voto sigue el dictamen de la Procuración General de la Nación, donde se señaló que «la simple reproducción de noticias proporcionadas para la difusión por las autoridades públicas, aún cuando sean falsas, no excede el ejercicio regular del derecho de crónica, pues la calidad de la fuente exonera a la prensa de indagar la veracidad de los hechos, y porque la previa averiguación de la noticia en tales supuestos limitaría ese derecho».
En el dictamen de la Procuración se destacó también el antecedente «Campillay» de la Corte Suprema, donde se expresó que «el medio periodístico se exime de responsabilidad cuando atribuye sinceramente la noticia a una fuente», recordó el procurador.
La jueza Carmen Argibay votó en disidencia, al indicar que «la prensa debe obrar con mayor cautela hacia las personas que menciona en sus publicaciones cuando ellas no son funcionarios ni figuras públicas, puesto que su vida privada es mucho más vulnerable y difícil de reparar ante la divulgación de falsedades».


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