La Comisión Nacional de Valores reglamentó ayer la operatoria en el plazo de contado, a pedido del Mercado de Valores. A partir de su entrada en vigencia, se permitirá la concreción de operaciones de contado para ser liquidadas tanto en el mismo día de su concertación, como en los plazos de 24, 48 y 72 horas. Hasta ahora sólo existían los plazos «contado inmediato» y «contado 72 horas», con lo que se agregan los plazos de 24 y 48 horas.
Este cambio normativo, explicó la CNV, facilitará a los operadores e inversores la realización de operaciones, las cuales podrán ser pactadas en función de disponibilidades o necesidades de efectivo.
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