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Mendoza, la primera provincia en regular por ley el servicio de Uber
Será reglamentada en los próximos días y comenzará a funcionar en setiembre. Servicio deberá cumplir con exigencias de control y pago de sobre alícuota del 1% en Ingresos Brutos por viaje.
Batalla. Los propietarios de taxis protestaron ayer contra la ley que habilita la App en la provincia. La rebelión contra Uber se materializa en España con ocho días de huelga de taxis.
MadridLa ley le da luz verde a las app de viajes a través de la una clasificación de los servicios, donde además de los regulares de transporte público (trenes y colectivos) y el transporte de pasajeros de interés general (donde se inscriben taxis y remises), aparece la novedad de "transporte privado por plataformas electrónicas", entre un conjunto de transportes habilitados como los turísticos, escolares e institucionales.
La intención del Gobierno de Cornejo es reglamentar la ley durante el mes de agosto, por lo que estiman que en septiembre ya podría entrar en funcionamiento la aplicación de las plataformas digitales Uber y Cabify. Al respecto, mostró su satisfacción Mariano Otero, gerente general para el Cono Sur de Uber, a través de un comunicado: "Estamos muy entusiasmados con la decisión del Gobierno y el consenso alcanzado por los legisladores de Mendoza. Esta nueva ley abre la puerta a todas las personas que hoy buscan soluciones complementarias de movilidad y oportunidades económicas en la provincia". Y agregó: "Vamos a trabajar para que nuestra operación contribuya a traer estos beneficios, el desarrollo de la provincia y la apertura internacional. Estamos convencidos de que podemos contribuir y esperamos estar pronto en la provincia para hacerlo".
Exigencias
La ley describe como plataformas electrónicas, al "servicio que con base en el desarrollo de tecnologías de dispositivos móviles". Y establece que los titulares de los vehículos soliciten a la Secretaría de Servicios Públicos el otorgamiento de un permiso de explotación, que "tendrá el carácter de precario y revocable". Del mismo modo, se realizará un registro de los vehículos prestadores del servicio, de los permisionarios, de las empresas de redes de transporte y de las plataformas electrónicas utilizadas; y el monto que el usuario abonará "será fijado por la empresa de redes de transporte y aceptado por el usuario al contratarlo".
Un dato que subraya la norma es que "se prohíbe expresamente la toma de viajes en las modalidades actualmente previstas para el servicio de taxis y/o remises" por parte de estas empresas. Asimismo, en materia tributaria, las empresas abonarán una tasa de inscripción y su valor será definido anualmente por Ley Impositiva. También deberán pagar "una sobre alícuota del 1% sobre el total del viaje en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos que corresponda a la actividad". Además, deberán contar con un "libro de quejas" virtual, que "cumpla las exigencias que disponga la Dirección Provincial de Defensa del Consumidor en cumplimiento de la Ley Provincial N° 5.547".


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