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San Luis promulgó regularización de inmuebles rurales
«Esta ley expresa que el Estado provincial se hará cargo de los gastos que lleve el logro de la inscripción del campo, entre los que se destacan honorarios de agrimensores, abogados y escribanos, con cuyos colegios de profesionales ya se han firmado distintos convenios», se informó en un comunicado.
Estos beneficios «alcanzarán a aquellos predios ubicados en zonas productivas que no superen las 150 hectáreas y en zonas no productivas hasta las 300 hectáreas».
Serán otorgados por el Gobierno provincial a través del Ministerio del Campo de San Luis a todos aquellos pequeños productores o familias rurales que no poseen los medios suficientes para llevar adelante una sucesión, posesión veinteañal o una escrituración.
«Con esta ley se logrará mayor inclusión social para el productor rural, que al ser dueño legal de sus tierras podrá acceder a las distintas líneas de financiamiento», enfatizó el ministro del Campo de la provincia de San Luis, Sebastián Lavandeira Muñoz.
Requisitos
La denominada Ley de Regularización de Inmuebles Rurales en la provincia de San Luis V-777-2011, que fue promulgada por el Decreto 4.189 del 4 de noviembre de 2011, rige para todo el territorio provincial. Según datos de la Dirección de Registro de la Propiedad Inmueble de San Luis, hay aproximadamente unos 13.000 predios que no cumplen con las condiciones exigidas por las distintas leyes específicas provinciales.
Para acceder a los beneficios de esta ley las personas deben acreditar la posesión pública, pacífica, continua e ininterrumpida, del inmueble durante el plazo de doce a veinte años, de acuerdo con lo establecido para cada caso en el Código Civil de San Luis.


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