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Se aprobó prepagas, pero no es ley
El proyecto fue aprobado por unanimidad por los 59 senadores presentes y se frenó así el plazo de caducidad que corría ya que de no haberse debatido anoche, hubiera perdido estado parlamentario.
Una de las modificaciones introducidas es que la autoridad de aplicación de la ley será el Ministerio de Salud, en lugar de la Secretaría de Comercio como se establecía en la sanción de Diputados.
También se modificó el artículo primero, dejando fuera del alcance de la ley a las obras sociales sindicales, reguladas por otra ley, y se reformó el artículo 22 por el que las prepagas tendrán la obligación de mantener el 50% de su capital en una «reserva técnica» que garantice las prestaciones y el otro 50% en instrumentos financieros.
La iniciativa obliga a las empresas de medicina prepaga a cubrir planes de cobertura médico-asistencial, el Programa Médico Obligatorio y el sistema con prestaciones básicas para personas con discapacidad.
Además, las prepagas no pueden incluir períodos de carencia o espera para todas las prestaciones que se incluyan en el Programa Médico Obligatorio y se establece que no podrán rechazar a los mayores de 65 años con al menos diez años de antigüedad en la cobertura y que no se les podrá incrementar la cuota.


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