22 de mayo 2018 - 23:10

Una nueva cautelar (antitarifas) prohíbe cortar gas por impago

Juez ordenó a prestadoras que se abstengan de interrumpir el suministro a usuarios de todo el país. Consideró que el Estado debe garantizar servicio “esencial”. Gobierno apela e insiste en su escudo anticautelares.

Una nueva cautelar (antitarifas) prohíbe cortar gas por impago
La Justicia federal fuera de la Capital Federal volvió a tomar la delantera en el tratamiento de causas colectivas derivadas del tarifazo y ahora frenó la posibilidad de que las empresas corten el servicio de gas a usuarios que registren mora o falta de pago. La decisión corrió por cuenta del titular del Juzgado Federal de Dolores, Alejo Ramos Padilla, que declaró admisible el proceso colectivo presentado por la Asociación de Consumidores Argentinos que cuestionaba el último aumento tarifario de gas y dispuso su inscripción en el Registro Público de Procesos Colectivos de la Corte Suprema.

El magistrado avaló la demanda de una ONG, en momentos en que el Gobierno aspira a blindar los aumentos con un escudo anticautelares y una osada estrategia judicial que apunta a centralizar todos los procesos contra las subas en el fuero Contencioso Administrativo Federal porteño, que le ofrece un mejor pronóstico.

Informe

En lo central, Ramos Padilla no se adentró en la cuestión de fondo y ordenó al Estado que aporte el informe de rigor para los amparos de este estilo en un plazo perentorio. Pero lo novedoso fue que entre las diversas medidas que se adoptaron, se ordenó a las empresas prestatarias del servicio público de gas de todo el país suspender los cortes de servicio por falta de pago.

El magistrado adelantó que más allá de la potestad estatal de fijar su política tarifaria, "hay ciertos derechos como la accesibilidad a los servicios públicos elementales que deben ser garantizados, como es el caso del servicio de gas natural". Por esto es que extendió su resolución a todos los usuarios del país más allá de su jurisdicción. Con este escenario se multiplican las acciones de clase que desafían la intención del Gobierno de atraer todas las demandas al circuito de Capital Federal.

Hoy la cuestión registra procesos simultáneos ya que la Justicia federal de La Plata y la de Junín por citar ejemplos- han inscripto en el registro de la Corte los casos para avanzar con sus resoluciones, mientras que el Gobierno logró que la Justicia en lo Contencioso Administrativo superpusiera acciones similares y reclamara tramitar las demandas y que el resto de los jueces se inhiban.

La Asociación de Consumidores Argentinos señaló la ausencia de realización de audiencias públicas para el establecimiento del último aumento de la tarifa de gas (aplicado en abril), en lo que hace al llamado punto de ingreso al sistema de transporte (PIST), uno de los tres componentes, junto con el transporte y la distribución, con los que se conforma el precio final que pagan los consumidores.

Audiencia

También tuvo en consideración que, según plantea el escrito que ingresa en etapa de análisis, los usuarios podrían estar abonando por este concepto, un precio en dólares superior al de mercado, a partir de una acción presuntamente "ilegítima" del Estado a través de distintas resoluciones del ENARGAS. Se subrayó que durante los años 2016 y 2017, el Ministerio de Energía a cargo de Juan José Aranguren convocó a audiencia pública por el valor del PIST.

Fuentes oficiales preanunciaron una segura apelación a la decisión del juez que tendrá que ser dirimida por la Cámara de Apelaciones de Mar del Plata. Eso más allá de tener que cumplir con el informe requerido en la Ley de Cautelares y de insistir con que no son fueros competentes para tratar la validez de los aumentos.

Ramos Padilla consideró que el suministro de gas "se trata de un derecho que el Estado debe garantizar, y que dada la época del año, el registro de bajas temperaturas y el riesgo que se podría generar, en especial a los sectores más vulnerables de la población, si se impidiera a los usuarios el acceso a este servicio público esencial". Recién cuando se respondan los informes y el Gobierno defienda su decisión sobre los aumentos, el juez se abocará a resolver el objetivo de la demanda: retrotraer los valores a diciembre pasado.

Gabriel Morini

Dejá tu comentario