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Votan ley que le dará a Capital los fondos vacantes de quiebras
Con esos fondos, de paso, compensará el reclamo del kirchnerismo que le pide disponer de una partida mayor para las escuelas en el Presupuesto del año que viene (ver nota aparte).
Hasta ahora la Ciudad de Buenos Aires no había recurrido a esos fondos que son depositados judicialmente una vez que se liquidan las firmas y se reparte el dinero para los pagos correspondientes.
Hoy la Legislatura tiene previsto aprobar ese proyecto en el recinto para que «los dividendos concursales vacantes o caducos», previstos en las leyes nacionales que regulan las sociedades comerciales, «sean girados a favor del Ministerio de Educación» de la Ciudad de Buenos Aires «o dependencia que en el futuro la reemplace, con exclusivo destino al fomento de la educación común».
Depósitos
Actualmente en el Banco Ciudad de Buenos Aires, donde se hacen los depósitos judiciales, existe una partida de entre $ 120 y $ 150 millones que, tras la aprobación de la norma podría utilizar la administración de Mauricio Macri para una de las áreas que más conflictos le ha creado este año.
La norma dispone su aplicación «a los procesos de quiebra tramitados ante los juzgados nacionales de Primera Instancia en lo Comercial» con sede en la Capital Federal y también se considerará «a aquellos procesos finalizados en los cuales existan dividendos vacantes o caducos sin haber sido percibidos en la oportunidad legal».
A la vez la ley obliga al Banco estatal porteño a que, en aquellos procesos de quiebra en los que existan dividendos vacantes, lo comunique a la Procuración General del distrito.
A la vez los jueces y síndicos competentes deberán denunciar la existencia de ese tipo de fondos para que los mandatarios de la Ciudad intervengan para proteger los dividendos a favor del distrito.
Esos mandatarios serán designados por la Procuración General, dependencia que será la encargada de localizar los expedientes de las quiebras con dividendos vacantes para solicitar su reapertura y promover la resolución, si corresponde de la caducidad del dinero para ser transferido finalmente al Gobierno porteño. Además, la norma indica que «los mandatarios encargados de instar el trámite de traspaso de fondos al erario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tendrán derecho a percibir un adicional a su remuneración normal, habitual, ordinaria, mensual en orden a promover la adecuada gestión de recupero, no superior al 3%» de los dividendos en cuestión.


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