15 de noviembre 2002 - 00:00

El Comfer todavía más benigno con multas

La semana que viene se firmará el decreto que modificará el funcionamiento del régimen de sanciones de la ley de Radiodifusión, además de algunos retoques menores que se efectuarán al decretoley N° 22.285. Dichas modificaciones saldrán por resolución conjunta, que deberán suscribir los canales abiertos y radiodifusores en general.

Habrá dos transformaciones principales y un curioso sistema de pagos al Comfer por parte de los canales que adeudan abultadas cifras al organismo. Cuando se reglamente el decreto, el cobro por parte del Comfer ya no se realizará anualmente sino cada tres meses, y el efecto multiplicador que regía el sistema vigente será anulado.

Veamos el plan de pagos: la deuda acumulada de los canales era en gran parte condonada, se canjeaba habitualmente por publicidad o, muy de vez en cuando, se pagaba en efectivo. Con la modificación que regirá desde la semana próxima, cuando el canal no abone prolijamente al Comfer cada tres meses, se permitirá el canje de la deuda por publicidad institucional, es decir, podrán publicitarse ONGs, campañas contra el sida, de vacunación o de separación de la basura para los cartoneros.

La diferencia con el sistema anterior radica en que el canje por publicidad de gobierno estaba permitida. En otras palabras, los excesos de Silvia Süller o Gerardo Romano solventarán la televisación gratuita de campañas públicas, no así, la publicidad de gobierno.

Pero ¿qué ocurre con la deuda que tienen los canales, que Actualmente rondaría los 72 millones en su conjunto? El interventor del Comfer, Carlos Caterbetti dijo a este diario: «Mediante el nuevo régimen se aplicará el sistema más benigno para todos, que consiste en que las deudas de los canales se compensen con la deuda que tiene el Estado con las emisoras». Claro que el interventor remarcó que tal deuda pertenece a gestiones previas a la actual. Y si pese al plan de pagos en efectivo o plan canje los canales continuasen morosos, el gobierno pactaría descuentos de hasta 50% del valor de mercado para su publicidad.

Bajo el actual decreto-ley, las multas eran acumulativas a un año y el pago se realizaba (cuando se realizaba) por progresión geométrica: a las tres faltas que cometía un programa específico se sancionaba por 1000 pesos a la emisora, a la segunda infracción se le cobraba 2000, a la tercera 4000 y así sucesivamente. Además, como la multa iba dirigida directamente al canal, si otro programa de la misma emisora resultaba sancionado, se le seguía cobrando al canal bajo el efecto multiplicador. O sea, la siguiente cifra trepaba a los 8000 pesos, y la próxima a los 16.000, y así.

Con el nuevo régimen de sanciones se elimina la progresión geométrica y las multas serán independientes una de otra. Tampoco deberá responder obligatoriamente el canal, sino que se multará al programa específico y será la señal, entonces, la que decida si se hará cargo de la deuda o si trasladará la multa al productor responsable de la falta.

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