2 de enero 2024 - 16:50

Bonos para importadores: guía práctica para suscribir los BOPREAL

Los BOPREAL son los instrumentos ideados con el objetivo de solucionar las deudas comerciales con el exterior.

Banco Central de la República Argentina.

Banco Central de la República Argentina.

El Banco Central(BCRA) publicó una guía para que los importadores puedan suscribir a los Bonos para la Reconstrucción de una Argentina Libre (BOPREAL). Indicaron que podrán participar de dichas licitaciones todas aquellas empresas que tengan deudas con proveedores del exterior anteriores al 12 de diciembre de 2023.

Los BOPREAL son los instrumentos ideados y ofrecidos por el BCRA con el objetivo de solucionar el crecimiento de deudas comerciales con el exterior surgidas a raíz del retraso cambiario y la consecuente falta de divisas que torna inviable la posibilidad de hacer frente a dichas obligaciones en forma inmediata.

BOPREAL: quiénes pueden suscribir y cómo hacerlo

Pueden suscribirlo personas humanas y jurídicas que tengan deudas pendientes con acreedores del exterior por importaciones de bienes con despacho o registro aduanero anterior al 12 de diciembre de 2023 e importaciones de servicios prestados con anterioridad a esa fecha.

Para suscribirse se debe cursar la operación a través de una entidad financiera. La documentación requerida será similar a aquella necesaria para acceder al mercado de cambios para cancelar las deudas por importaciones.

Se podrá suscribir hasta el monto pendiente de pago. En el caso de los importadores de bienes, es el que consta en el seguimiento de pago de importaciones de bienes (SEPAIMPO). En el caso de los importadores de servicios, deberán realizar una declaración jurada informando al banco la deuda pendiente de pago. La deuda pendiente de pago deberá ser consistente con lo informado en el “Padrón de Deuda Comercial por Importaciones con Proveedores del Exterior” establecido en la Res. Gral. Conjunta 5466/23 Art. 10 antes del 10 de enero de 2024.

Deudas en el exterior: ¿los BOPREAL son la única opción?

Las deudas que tengan los importadores en el exterior también pueden ser saldadas con dólares desde el exterior, no habiendo por el momento posibilidad de acceder al mercado de cambios ni tampoco realizar operaciones de canje de dólares MEP. Tampoco se pueden calzar operaciones de financiamiento ya sea de importaciones o de adelantamiento de exportaciones para cancelar deudas anteriores al 12 de diciembre.

Desde la entidad monetaria indicaron que cabe recordar que si se realizaron operaciones de cambio por medio de la compra/venta de títulos con liquidación en dólares en el exterior se pierde por 90 días acceso al MLC, a excepción que dicha operación resulte de la venta de los BOPREAL adquiridos en licitación primaria o por hasta el monto de la diferencia entre el valor de venta de los BOPREAL adquiridos en licitación primaria y su valor nominal.

Los BOPREAL también pueden ser liquidados en el extranjero y de esa manera saldar deudas. La venta en dólares en la plaza local no habilita la cancelación de la deuda por importaciones anterior al 12 de diciembre.

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