La Comisión Nacional de Valores (CNV) formalizó las medidas relativas a los plazos de permanencia para la liquidación de valores negociables y a la participación de los Agentes de Liquidación y Compensación (ALyCs) en mercados del exterior, a través de la resolución 862/2020 publicada hoy en el Boletín Oficial.
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Se publicó en el Boletín Oficial la resolución 862/2020. Cambian los plazos de permanencia para la liquidación de valores negociables y la participación de los Agentes de Liquidación y Compensación (ALyCs) en mercados del exterior.
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La misma señaló que las medidas tomadas homogeinizan los plazos de permanencia vigentes a tres días hábiles, y permiten a las carteras propias de ALyCs a operar en mercados externos no regulados.
Los cambios adoptados implican por un lado la disminución del plazo de permanencia a tres días para personas humanas y jurídicas que compran activos en pesos, y luego lo venden con liquidación en dólar MEP/cable o realizan una transferencia emisora desde su liquidación en el agente de depósito colectivo.
También se dispuso la disminución del plazo de permanencia a tres días para personas humanas y jurídicas que realicen una transferencia receptora, y luego lo venden con liquidación en dólar MEP/cable o pesos.
Por último, las carteras propias de ALyCs, cuando actúan como clientes en mercados del exterior, pueden realizar operaciones en mercados no regulados.
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