La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), a cargo de Mercedes Marcó del Pont, habilitó la condonación de deudas prevista en la ley de alivio fiscal. Un beneficio para regularizar obligaciones tributarias, aduaneras y de seguridad social vencidas al 31 de agosto.
AFIP: cuáles son los beneficios de la condonación de deuda fiscal
La Administración Federal de Ingresos Públicos habilitó la medida que dispuso el Gobierno para acompañar a los contribuyentes en el proceso de recuperación económica.
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La condonación de deudas forma parte de las medidas que dispuso el Gobierno para acompañar a los contribuyentes en el proceso de recuperación económica. La ley de alivio fiscal además incluye un mecanismo para rehabilitar planes de pago caducos, ambos ya vigentes, y los intereses resarcitorios, punitorios, multas y sanciones. Asimismo incorpora beneficios para contribuyentes cumplidores y la implementación de procedimientos para facilitar el cumplimiento de las obligaciones resultantes de los procesos de fiscalización.
AFIP: cómo solicitar la condonación de deuda fiscal
Se puede realizar la solicitud hasta el 2 de marzo de 2022 a través de la página web de la AFIP, dentro del servicio "Condonación de deudas - Título I - Ley 27.653" con clave fiscal nivel de seguridad 3. Los pasos a seguir son los siguientes:
- Ingresa con CUIT y clave fiscal al servicio "Condonación de deudas - Título I - Ley 27.653".
- En la tarjeta "Nueva solicitud de condonación" presiona el botón INICIAR. El sistema mostrará el importe total de la deuda que tengas al 31 de agosto de 2021 y el detalle de las obligaciones por las que se haya generado. Deberás verificarlas y presionar CONFIRMAR.
- Una vez aceptado el envío de la solicitud podrás descargar la constancia (luego se puede descargar de todas formas en "Mis solicitudes presentadas".
- En caso de presentar disconformidad sobre la deuda que se visualiza, la misma debe efectuarse a través de Presentaciones Digitales.
AFIP: quiénes pueden solicitar el beneficio
En el marco de la ley de alivio fiscal, la condonación de deudas puede ser solicitada por:
- Entidades y organizaciones sin fines de lucro como clubes de barrio
- Cooperativas de trabajo y escolares
- Bibliotecas populares y organizaciones comunitarias
- También abarca deudas por hasta $100.000 de:
- monotributistas y otros pequeños contribuyentes
- de micro y pequeñas empresas que cuentan con el Certificado MiPME.
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