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Covid-19: el Gobierno extiende por DNU las restricciones hasta el 25 de junio

Las medidas seguirán como hasta ahora por dos semanas más. Se esperan detalles en las provincias.

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El presidente Alberto Fernández decidió extender las restricciones por la segunda ola de Covid-19 hasta el 25 de junio. La decisión se toma a través de un nuevo DNU que prorroga las anteriores medidas.

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Ahora resta conocer el detalle del DNU, pero se prevé por lo anticipado que se mantendrán tal cual el esquema anterior, con actividades diferenciadas según el semáforo epidemiológico en todo el país.

Siguiendo los parámetros del proyecto de ley enviado al Congreso nacional, en el DNU 287 publicado el 1 de mayo se dividió a todo el territorio nacional en cuatro categorías, según la incidencia, razón y ocupación del sistema sanitario: bajo riesgo, medio riesgo, alto riesgo y alarma epidemiológica y sanitaria.

Qué se puede hacer según el DNU 287

Para las zonas categorizadas como de alerta epidemiológica y de alto riesgo, las medidas son las siguientes:

Restricciones en CABA

Sin embargo, el jefe de Gobierno porteño, Horacio Rodríguez Larreta, definió no tomar algunas de esas medidas.

En las próximas semanas en la Ciudad se va a seguir de la siguiente manera:

EDUCACION

En función de la situación sanitaria actual, la educación va a seguir de la siguiente manera:

Restricciones en Provincia de Buenos Aires

El gobernador bonaerense, Axel Kicillof, anunció que la Provincia volverá a la presencialidad escolar desde el próximo miércoles ante el descenso de casos de coronavirus, que permitió al distrito dejar la zona de "alarma epidemiológica", según los parámetros del nuevo DNU anunciado por el Gobierno nacional.

En tanto, para las zonas de "alto riesgo" (de más de 40.000 habitantes - Indicadores: a) RAZÓN: MAYOR A 1.20 y b) INCIDENCIA: MAYOR A 150 c/ 100.000 habitantes), las restricciones son las siguientes:

Finalmente, para las zonas de "riesgo medio" (de más de 40.000 habitantes - Indicadores: a) RAZÓN: 0.8 a 1.2 e b) INCIDENCIA: entre 50 a 150 casos c/ 100.000 habitantes), se establece que "es facultad y responsabilidad de gobernadores/as adoptar en forma temprana medidas que disminuyan la circulación para prevenir los contagios".

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