Los beneficiarios de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) deben saber que, en caso de que fallezca un jubilado o un trabajador, se puede reclamar una pensión del organismo previsional. En este caso, el beneficio lo pueden solicitar los familiares, tanto hijos menores de edad como parejas.
24 de junio 2023 - 19:00
ANSES: cómo acceder a la pensión por viudez o fallecimiento desde el celular
La administración brinda a sus afiliados esta prestación social. Los interesados deberán cumplir con ciertos requisitos para poder obtenerla.
-
Mi Anses: cómo acceder al recibo de sueldo de jubilados y pensionados
-
ANSES cuándo cobro: jubilaciones, pensiones, AUH, AUE, y otras prestaciones, del jueves 22 de junio de 2023
ANSES.
En el sitio web de la agencia de Gobierno que lidera Fernanda Raverta, se especifica: "Si fallece un jubilado, los familiares tienen el derecho a una pensión. Los cónyuges o convivientes e hijas/os solteros hasta los 18 años (que no perciban otra prestación), pueden solicitarla". En tanto, los interesados en hacer el trámite, podrán hacerlo de forma virtual o presencial, según lo prefieran.
Requisitos para acceder a pensión por fallecimiento
Cónyuge
- Partida de casamiento actualizada (la actualización debe ser posterior a la fecha de fallecimiento).
- DNI, LC, LE o constancia de DNI en trámite.
- Formulario PS 6.9 - Declaración Jurada Art. 1º Ley 17.562.
- Si la persona fallecida se jubiló por moratoria (Ley Nº 24.476) y existieran cuotas pendientes de pago se deberá presentar el Formulario PS.6.279 - Aceptación de descuento de cuota de moratoria de la prestación de pensión.
- Formulario PS.6.284 - Declaración Jurada sobre la eventual percepción de prestaciones en provincias no adheridas al SIPA o en las Fuerzas Armadas o de Seguridad
Conviviente
- Acreditar cinco años de convivencia antes de la fecha del fallecimiento. Si tienen un hijo reconocido por ambos, el plazo se reduce a dos años.
- DNI, LC, LE o constancia de DNI en trámite.
- Formulario PS 6.9 - Declaración Jurada Art. 1º Ley 17.562.
- Si la persona fallecida se jubiló por moratoria (Ley Nº 24.476) y existieran cuotas pendientes de pago se deberá presentar el Formulario PS.6.279 - Aceptación de descuento de cuota de moratoria de la prestación de pensión.
- Formulario PS.6.284 - Declaración Jurada sobre la eventual percepción de prestaciones en provincias no adheridas al SIPA o en las Fuerzas Armadas o de Seguridad.
Hijos
- Tener menos de 18 años, ser soltera/o y no cobrar otra prestación. No hay límite de edad en los casos que el hijo o la hija se encuentren incapacitados para trabajar y hayan estado a cargo del jubilado fallecido.
- Formulario PS 6.9 - Declaración Jurada Art. 1º Ley 17.562.
- Formulario PS 6.12 - DDJJ dependencia económica titular.
- Formulario PS 6.13 - DDJJ dependencia económica testimonial.
- Si es huérfano de padre y madre se deberá presentar original y fotocopia del testimonio de tutoría o curatela transitoria o definitiva, con aceptación de cargo, discernimiento y autorización para percibir haberes devengados y a devengar.
Mi ANSES: cómo acceder a la pensión por fallecimiento
- Ingresá en Mi ANSES con tu CUIL y clave de la Seguridad Social. Si aún no tenés tu clave, te explicamos cómo obtenerla.
- Revisá que los vínculos familiares estén correctos. Si encontrás datos faltantes o incorrectos, actualizalos en Atención Virtual, opción Solicitar modificación de datos personales y/o grupo familiar
- En Mi ANSES ingresá desde el menú de la izquierda a Jubilados y Pensionados, seleccioná la opción Solicitar pensión por fallecimiento y seguí los pasos.
De forma virtual
- Solicitá un Turno en ANSES.
- Posteriormente y en caso de ser necesario, podrás consultar la información del día y el lugar del turno asignado para cerciorarte o cancelarlo.
- Presentá la documentación en la oficina del turno, en el día y la hora indicados.







Dejá tu comentario