Todo lo que tenés que saber de la nueva operatoria con billetera digital

El directorio del Banco Central comunicó cambios en la normativa que pesa sobre bancos y proveedores de servicios de pago

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El Banco Central (BCRA) comunicó que ya no será necesario cargar dinero en las billeteras digitales para realizar transferencias de fondos desde cuentas bancarias. De esta manera, los usuarios podrán reunir todas sus cuentas bancarias en una única aplicación de manera tal de simplificar los pagos online.

La nueva medida permitirá que los usuarios puedan efectuar pagos con transferencia o transferencias inmediatas desde una billetera digital utilizando los fondos depositados en otras cuentas asociadas. De esta forma, los usuarios podrán tener todas sus cuentas bancarias cargadas en una única aplicación de manera tal que se simplifique el sistema de pagos online.

Esta herramienta, que permite a los usuarios disponer de todas sus cuentas desde una misma billetera digital, ya existía en algunas plataformas. La novedad será que a partir de ahora el modelo deberá extenderse al resto de las billeteras, sean bancarias o no.

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Aplicaciones como Mercado Pago, Ualá, Naranja X y Yacaré deberán adaptarse a esta nueva operatoria. Por su parte también los bancos estarán obligados a permitir que esto suceda. “Las entidades financieras y los PSP estarán obligados a ofrecer la operatoria y los administradores de esquemas de pago de transferencias electrónicas tendrán que adaptar, de ser necesario, sus procesos”, explicó la entidad conducida por Miguel Pesce a través de su Comunicación “A 7514”.

Además, el comunicado oficial afirma que la norma contempla la aplicación de medidas de seguridad antifraude, en particular en lo relativo al consentimiento del titular de la cuenta desde donde los fondos serán debitados. Según se ahondó en el comunicado, “dicha autorización podrá ser concedida por única vez, al momento del enrolamiento de la cuenta.

En el caso de que el ordenante de la solicitud sea una persona humana ese tipo de autorización solo podrá ser efectuada cuando el titular (o alguno de los cotitulares) de la cuenta debitada coincida con la persona que remite la solicitud. La autorización por única vez no podrá concederse”.

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