Casación absolvió a imputados por la oferta de semillas de cannabis con fines terapéuticos

Con cita al fallo “Macamé” de la Corte Suprema de Justicia, aa Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar a los recursos de casación presentados por las defensas y dejó sin efecto la condena

Absuelven a los imputados por la oferta de semillas de cannabis con fines terapéuticos.

Absuelven a los imputados por la oferta de semillas de cannabis con fines terapéuticos.

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La Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal, por el voto de los jueces Angela Ledesma y Alejandro Slokar, (el juez Yacobucci voto en disidencia), aceptó los recursos de casación presentados por las defensas y absolvió a los imputados por la oferta de semillas de cannabis con fines terapéuticos.

La Cámara ratificó la ilicitud de la conducta que contraviene la ley de estupefacientes, pero reputó que, a partir de la prueba reunida en la causa, las semillas -vendidas por internet- tenían por destino la realización de tratamientos medicinales, destacándose el derecho a la salud.

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El destino de semillas era para el tratamiento de usuarios finales

Así, se consignó que la fuerza de seguridad preventora dio cuenta de que se trataban de semillas pequeñas y que se ofrecían en blíster de a tres, en tanto su destino era para usuarios finales y tenían por destino el tratamiento y paliativo de afecciones como la epilepsia, la leucemia y algunos cánceres.

A este efecto, en la sentencia se realizó un exhaustivo análisis sobre el avance regulatorio a nivel nacional en la materia, en particular con la sanción de la leyes 27.350 y 27.669, así como la creación del REPROCANN en el ámbito del Ministerio de Salud y la intervención del Instituto Nacional de Semillas (INASE) las cuales regularon el acceso del cannabis a las personas que lo requirieran para sus tratamientos médicos.

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