20 de abril 2010 - 09:36
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"Se trata de la ponderación entre el derecho a la confidencialidad que le asiste a todo habitante de la Nación que requiere asistencia a un profesional de la salud, una acción privada incluso para quien se encuentra realizando una conducta delictiva, y el interés del Estado" en la persecución de ilícitos, sostuvo el Tribunal.
"En concreto y en el caso (de Baldivieso), se trata nada menos que del derecho a la vida de una persona y ese interés del Estado", sostuvieron los jueces, quienes al fallar coincidieron con el dictamen de la Procuración General de la Nación.
Para la Corte, "es incuestionable que el estallido de las cápsulas en el aparato digestivo del procesado importaba un peligro cierto de muerte", y por ello el joven "se hallaba en la disyuntiva de morir o afrontar un proceso y una pena".
"El principio republicano de gobierno impide que el Estado persiga delitos valiéndose de medios inmorales, como sería aprovecharse del inminente peligro de muerte que pesa sobre el procesado que a acude a la atención médica, mediante una imposición de un deber al médico que lo convierta en un agente de la persecución penal", añadió en la resolución.
Al resolver, la Corte invocó el antecedente en el caso de "Natividad Frías", cuando una mujer que fue denunciada por un médico cuando había concurrido al hospital luego de haber iniciado maniobras para interrumpir el embarazo, caso en que el Tribunal terminó por absolverla.




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