15 de diciembre 2025 - 06:00

¿Cuál es el límite impuesto por ARCA para transferir en diciembre y qué documentación se necesita si lo superas?

La normativa tiene montos claros para los movimientos digitales y exige respaldo completo ante cualquier operación que genere dudas.

ARCA actualizó los límites para transferencias en diciembre 2025.

ARCA actualizó los límites para transferencias en diciembre 2025.

Todos saben que hay que poner atención a los movimientos de plata dentro de las billeteras virtuales y cuentas bancarias. En el último tiempo, las operaciones digitales crecieron y con ellas el control del organismo encargado de supervisar los flujos de dinero.

ARCA aplica topes mensuales, para evitar maniobras irregulares y exige pruebas cuando el dinero que ingresa o sale supera ciertos montos. Conocer esos límites ayuda a evitar problemas, demoras o pedidos extra de información, que pueden complicar gestiones del día a día.

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El límite máximo de transferencias para diciembre 2025

El organismo definió un monto tope para quienes mueven fondos desde y hacia billeteras digitales. En el caso de las personas físicas, el máximo permitido por mes es de $50 millones, cifra que contempla el total de ingresos y egresos combinados.

Para las personas jurídicas, el límite mensual es menor: $30 millones. ARCA observa el movimiento completo y no la plataforma utilizada. Cuando el total supera los valores establecidos, el sistema puede hacer pedidos formales de información.

El organismo no busca frenar operaciones habituales, sino evitar irregularidades que puedan derivar en sanciones si no se puede demostrar el origen y destino de los fondos.

La documentación necesaria por si se supera el tope

Si el monto mensual supera los $50 millones en el caso de personas físicas, ARCA puede solicitar papeles que acrediten cada operación. Entre los documentos que suelen pedirse están los:

  • Recibos de sueldo.

  • Constancias de jubilación.

  • Declaraciones Juradas de Ganancias.

  • Bienes Personales.

  • Monotributo.

  • Facturas o comprobantes asociados a movimientos previos.

Los monotributistas tienen que prestar especial atención, ya que superar montos incompatibles con su categoría puede derivar en una exclusión del régimen. En esas situaciones, el organismo revisa la actividad, los ingresos declarados y cualquier operación que no encaje con el perfil fiscal.

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