El Ministerio de Trabajo de la Nación, a cargo de Claudio Moroni, publicó en el Boletín Oficial la resolución Resolución 657/2021 que reglamenta los aspectos principales del programa Registradas.
Las destinatarias del proyecto son las trabajadoras de casas particulares.
El Ministerio de Trabajo de la Nación, a cargo de Claudio Moroni, publicó en el Boletín Oficial la resolución Resolución 657/2021 que reglamenta los aspectos principales del programa Registradas.
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El Gobierno lanzó el Programa "Registradas (Recuperación Económica, Generación de Empleo e Inclusión Social)", una iniciativa que promueve la reducción de la informalidad en el sector de las trabajadoras de casas particulares y garantiza su acceso, permanencia a un empleo registrado y promover la bancarización.
Surgió del trabajo conjunto del Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad de la Nación, del de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, del Ministerio de Economía y de la AFIP.
La inscripción al programa debe ser solicitada por la parte empleadora a través de la página web de la AFIP hasta el 31 de diciembre.
En el contexto de la pandemia por coronavirus, el sector sufrió una caída aproximada del 28% de los puestos laborales, es decir, hubo una baja cerca de 280.000 puestos de trabajo, afectando especialmente a las trabajadoras informales. Asimismo, el 64% de las trabajadoras de casas particulares vive en hogares que se encuentran por debajo de la línea de la pobreza.
El Programa Registradas, lanzado este lunes en Casa Rosada, tiene diversos puntos a trabajar:
Las destinatarias del proyecto son las trabajadoras de casas particulares y los empleadores que registren una nueva relación laboral.
Por su parte, Registradas es compatible con la AUH, la Asignación Universal por Embarazo, la Tarjeta Alimentar, el Progresar y Potenciar Trabajo.
El Ministerio de Trabajo hizo algunas aclaraciones en la nueva resolución:
Por otro lado, el Ministerio determinó que para la determinación de la suma dineraria prevista en el artículo 3º del Decreto Nº 660/2021, se tomará como base de cálculo la remuneración neta mensual mínima de la trabajadora o del trabajador, a cuyo fin se aplicarán los siguientes criterios: