La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la elaboración fraccionamiento y comercialización de una marca de sal y otra de aceite de oliva. Ambas presentaban distintas irregularidades.
La ANMAT prohibió una marca de sal y otra de aceite de oliva por considerarlas ilegales
El organismo indicó que carecían de registros sanitarios de establecimiento (RNE) y de producto (RNPA). Tomó la decisión con el fin de proteger la salud de los ciudadanos.
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A través de la disposición 7110/2024 y la 7116/2024, publicadas en el Boletín Oficial, el organismo dependiente del Ministerio de Salud prohibió la venta de la “Sal Galito Siempre Yodada” de la marca Galito, producida en Bolivia, y el aceite de oliva rotulado como “Aceite de Oliva Extra Virgen, marca Finca Don Alberto”.
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Las investigaciones se iniciaron a partir de una notificación de la Superior Unidad de Bromatología Provincial (SUNIBROM) de la provincia de Jujuy en relación al producto. Luego de realizar una inspección en un local, la SUNIBROM verificó los datos exhibidos en el rótulo del producto e informó que el mismo no presentaba datos del importador en Argentina ni datos del Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA).
De esta manera, por carecer de registros sanitarios de establecimiento (RNE) y de producto (RNPA), resulta ser en consecuencia un producto ilegal.
Por esa razón, a fin de proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de este tipo de productos, la ANMAT dispuso: "Prohíbese la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional, y en plataformas de venta en línea, del producto: 'Sal Galito Siempre Yodada, marca: Galito, contenido: Yodado de potasio 40/80 ppm, Dirección calle Villarroel, Colchani, Uyuni, Industria Boliviana', en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, por carecer de registros sanitarios de establecimiento (RNE) y de producto (RNPA), resultando ser un producto ilegal".
La marca de aceite de oliva que prohibió la ANMAT
El organismo comenzó las investigaciones sobre el producto rotulado como “Aceite de Oliva extra virgen, marca Finca Don Alberto, CONT NETO 2 Lts., Origen de Mendoza, RNE 13528193 - RNPA 13016258, Consumir antes junio/27” luego de que un particular realizara una consulta ante el Instituto Nacional de Alimentos (INAL).
Tras las inspecciones, determinaron que el Registro Nacional de Establecimiento (RNE) y el Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA) que se exhiben en los rótulos del producto son inexistentes.
Por esa razón, la ANMAT decidió prohibir la "elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en las plataformas de venta en línea del producto: 'Aceite de Oliva extra virgen, marca Finca Don Alberto, Origen de Mendoza, RNE 13528193 - RNPA 13016258', en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, por carecer de registros sanitarios de establecimiento y producto, y por estar falsamente rotulado al exhibir en sus rótulos registros sanitarios inexistentes, resultando ser en consecuencia un producto ilegal".
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