ver más

Ya superaste el límite de notas leídas.

Registrate gratis para seguir leyendo

7 de mayo 2009 - 12:23

La Justicia determinó culpas compartidas entre zoológico y damnificado tras ser atrapado por oso

ver más
La Suprema Corte de Justicia bonaerense determinó que hubo "responsabilidad compartida" entre los propietarios del zoológico municipal de La Plata y una persona que sufrió daños en uno de sus brazos al ser alcanzado por una osa tibetana.

El contenido al que quiere acceder es exclusivo para suscriptores.

El Tribunal revocó una resolución de segunda instancia del fuero en lo Civil y Comercial de La Plata, el cual había responsabilizado en forma total al damnificado tras considerar que el hecho había ocurrido por su exclusiva culpa.

El hecho ocurrió el 20 de febrero de 1998, cuando un matrimonio asistió con su pequeño hijo al zoológico.

En momentos en que el padre de familia intentó darle de comer a la osa, pese a que tenía prohibición de hacerlo, el animal lanzó un zarpazo que constituyó "un movimiento suficiente como para levantar la mano de una persona y elevarla por encima de la cerca".

Tras el hecho, el hombre demandó a las autoridades del zoológico a quienes les atribuyó responsabilidad por falta de medidas de seguridad.

Para la Cámara, quedó "acreditado el traspaso de la barra contenedora por parte de la víctima -y no sólo mediante el estiramiento de los brazos para dar de comer al animal (conducta de por sí prohibida)- sino por lo menos con uno de sus pies".

Pero ahora, la Suprema Corte atribuyó parte de responsabilidad al zoológico porque "los elementos dispuestos permitían que la osa extendiera sus brazos y hocico por fuera de su encierro y que pudiera tomar contacto con los visitantes en determinadas condiciones".

"No resultaron suficientes las medidas precautorias adoptadas" por el zoológico, añadió el Tribunal.

Así, fijaron en orden del 60 por ciento la responsabilidad al damnificado, y el 40 restante a la Municipalidad de La Plata, que deberá hacerse cargo de ese porcentaje de la indemnización una vez que el tribunal inferior vuelva a pronunciarse.

"Quien se halle a cargo del paseo ha de extremar las precauciones para evitar daños a los concurrentes, máxime tratándose de un predio en el cual los asistentes son en gran medida niños y ancianos, evitando de tal manera innecesarios accidentes como el de autos. Y en esta causa hay elementos probatorios que hablan de desinterés y desidia de la demandada en la protección del público", concluyeron los magistrados.

Últimas noticias

Dejá tu comentario

Te puede interesar

Otras noticias