La Dirección Nacional de Defensa del Consumidor, organismo de la Secretaría de Comercio de la Nación, difundió alertas presentadas por las empresas FCA Automobiles Argentina S.A. (FIAT Chrysler) y Volkswagen Argentina por fallas en los modelos Tiguan Allspace y RAM 1500 y 2500.
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El alerta presentado por FIAT Chrysler hace referencia a fallas presentadas en 339 vehículos RAM 1500 (año/modelo 2013) y RAM 2500 (año/ modelo 2013-2014), ambos equipados con transmisión automática.
"FCA detectó la posibilidad de que la palanca de transmisión automática se mueva de la posición P (Park) a cualquier otra posición sin que la llave se encuentre en encendido y/o sin que el conductor accione el pedal de freno. "Esto podría ocasionar un desplazamiento imprevisto del vehículo, exponiendo al conductor, pasajeros y/o terceros a eventuales daños físicos y/o materiales", señaló el comunicado de la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor.
FCA informó la lista de clientes involucrados, para que sus vehículos puedan ser debidamente verificados sin costo alguno a partir del 12 de julio. Adicionalmente, agregó que los propietarios serán informados en diarios de tirada nacional y cartas personalizadas.
Para mayor información, los consumidores se pueden comunicar al Centro de Atención y Servicio al Cliente: 0800-333-7070, los días hábiles de 9 a 20 hs.
En los vehículos Volkswagen Tiguan Allspace fabricados entre el 1/8/2017 y el 25/1/2018 se registraron inconvenientes con la fijación de rótulas en el eje delantero, lo que puede ocasionar pérdida de propulsión y de estabilidad de marcha, pudiendo existir riesgo de accidentes.
Estos deben concurrir a cualquier concesionario de la Red Volkswagen para que se corrijan los desperfectos detallados de manera gratuita.
Para recibir más información, los clientes podrán dirigirse a cualquier concesionario de la Red Volkswagen o contactarse con el departamento de atención al cliente: 0800-888-8338.
Las alertas serán comunicadas, además, al Sistema Interamericano de Alertas Rápidas (Siar) de la Red de Consumo Seguro y Salud de la OEA, agregó el texto.
Cabe destacar que ambas presentaciones fueron realizadas en el marco de la normativa de defensa del consumidor (Art. 4 del Decreto 1798/ 94), que establece que "los proveedores de cosas o servicios que, posteriormente a la introducción de los mismos en el mercado de consumo, tengan conocimiento de su peligrosidad, deberán comunicar inmediatamente tal circunstancia a las autoridades competentes y a los consumidores mediante anuncios publicitarios suficientes".
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