La Justicia condenó a una empresa de transporte de pasajeros a indemnizar con 34 millones de pesos a una pasajera por no trasladarla en tiempo y forma hasta el Aeropuerto de Ezeiza, lo que le impidió tomar un vuelo internacional rumbo a Europa. La afectada, que había contratado el servicio desde Mar del Plata, debía llegar a España para asistir a una celebración familiar especial.
Perdió el avión a España y la empresa deberá indemnizarla con $34 millones
La Justicia ordenó indemnizar a una mujer que no pudo abordar un vuelo rumbo a Europa por fallas en el traslado contratado. La empresa de transporte fue responsabilizada por daño moral y deberá pagar una suma millonaria.
-
BCRA lanzará cuentas especiales para los Fondos de Cese Laboral y puso en consulta pública su reglamentación
-
Un shopping deberá indemnizar a una mujer que se cayó en las escaleras mecánicas

El fallo fue emitido ocho años después del hecho.
El fallo, emitido ocho años después del hecho, establece que la firma Tienda León deberá afrontar la indemnización por daño moral, al haberse comprobado que el incumplimiento del servicio contratado tuvo consecuencias emocionales y económicas para la pasajera. Según relató su abogada, Fernanda Anabella Ducca, el colectivo no llegó a destino por cortes de tránsito durante la Cumbre del G20, y nadie se hizo responsable por la situación.
“Producto del daño tuvo que volverse a Mar del Plata, pagando los pasajes de su bolsillo”, explicó la letrada en declaraciones a Teleocho Informa, remarcando que la empresa no ofreció asistencia alguna pese a que la pasajera ya se encontraba dentro del aeropuerto. A lo largo de los años, se intentaron acuerdos extrajudiciales, pero “nunca hubo posibilidad”, afirmó Ducca.
La abogada señaló que su clienta no buscaba inicialmente una compensación económica, sino una reparación en especie para recuperar parte de lo perdido. Sin embargo, ante la falta de respuesta por parte de la empresa, se avanzó judicialmente. “La condena es por daño moral y apunta a reparar la falta de profesionalismo de la empresa”, sostuvo.
A pesar del conflicto legal, la pasajera continuó utilizando los servicios de Tienda León en viajes posteriores hacia España. Para su abogada, el fallo sienta un precedente importante: “La importancia está en que el pasajero se sienta contenido y que situaciones como esta no vuelvan a repetirse”.
Se flexibilizaron las normas para el check-in en el Aeropuerto de Ezeiza
Las aerolíneas que operan con simultaneidad de vuelos tendrán asignados los mostradores hasta 3:30 horas antes de la primera partida programada. El uso finalizará 30 minutos antes de la última partida de ese bloque "de acuerdo con las necesidades operativas del momento".
Además, el organismo regulador reglamentó "la optimización de posiciones de estacionamiento de aeronaves en el Aeropuerto Internacional "Ministro Pistarini". De ahora en más, el estacionamiento de las aeronaves en las plataformas operativas se determinará "en función del tiempo transcurrido entre la llegada de la aeronave al aeropuerto y su partida hacia un nuevo vuelo".
"En cuanto a los tiempos de Turn Around (tiempo de permanencia en el aeropuerto), se establece un máximo de 2 horas para vuelos domésticos y de 4 horas para vuelos internacionales, con el objetivo de agilizar las operaciones y las capacidades aeroportuarias", continuaron.
También se dispuso que las aerolíneas con base de operaciones en Ezeiza puedan llevar a cabo tareas de mantenimiento de aeronaves "únicamente en las posiciones de estacionamiento situadas en plataformas operativas, pero no habilitadas para el ascenso y descenso de pasajeros". Según el comunicado del ORSNA, esta medida "asegura que las plataformas destinadas a la operación regular de vuelos permanezcan libres".
- Temas
- indemnizaciones
- aerolíneas
- Vuelos
- Avión
Dejá tu comentario