Después del cierre de la recategorización de agosto, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) ya fijó el próximo plazo para revisar la situación particular dentro del monotributo.
El próximo período ya tiene fecha límite y no todos los monotributistas tienen que hacer el trámite. Qué parámetros revisar y qué pasa si no se actualizan.
La recategorización es uno de los trámites clave para quienes están dentro del Monotributo.
Después del cierre de la recategorización de agosto, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) ya fijó el próximo plazo para revisar la situación particular dentro del monotributo.
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El trámite va a volver a habilitarse entre enero y febrero 2027, y los contribuyentes van a tener tiempo hasta el 5 de febrero de ese año para confirmar si siguen en la misma categoría o si tienen que cambiar de escala.
La próxima recategorización del monotributo tendrá como fecha límite el 5 de febrero de 2027. Se trata de un trámite semestral que se lleva a cabo dos veces al año. El primer período va entre enero y febrero, y el segundo se hace entre julio y agosto.
En cada instancia, el contribuyente tiene que revisar sus datos de los últimos 12 meses y compararlos con los topes vigentes. Si los valores no cambiaron y siguen dentro de la misma categoría, no hace falta realizar ningún trámite.
La obligación de hacer el control alcanza a los monotributistas que tengan más de seis meses de antigüedad dentro del régimen. Pero hay que prestar atención, porque revisar la situación no significa necesariamente cambiar de categoría.
La recategorización solo corresponde si alguno de los parámetros cambió y eso hace que el contribuyente pase a otra escala. Si los números se mantienen dentro de la categoría actual, no hay que modificar nada en el sistema.
Para saber si corresponde una recategorización, ARCA toma en cuenta distintos datos de los últimos 12 meses. Los principales son:
ingresos brutos acumulados: suma de todas las facturas emitidas durante el período
alquileres devengados: monto pagado por el alquiler de inmuebles utilizados para la actividad
energía eléctrica consumida: cantidad de kilowatts usados durante el año
superficie afectada: metros cuadrados destinados a la actividad
Si alguno de estos valores supera el límite de la categoría actual, el contribuyente tiene que pasar a la escala que corresponda.
Si un monotributista supera los límites de su categoría y no hace el cambio dentro del plazo, ARCA puede recategorizarlo de oficio. Para hacerlo, el organismo puede tomar como referencia consumos, facturas recibidas y movimientos bancarios.
Además, pueden aplicarse sanciones económicas. La multa puede equivaler al 50% del impuesto integrado y de las cotizaciones previsionales omitidas durante el período correspondiente. Por eso, antes del 5 de febrero hay que revisar todos los parámetros y confirmar si la categoría actual sigue siendo la correcta.