22 de agosto 2023 - 08:00

Reintegro del 15% de AFIP: en qué casos no aplica el beneficio

Hay determinados grupos que no pueden aprovechar el Reintegro a Sectores Vulnerados que posee el ente recaudador. Enterate más.

El reintegro del 15% de la AFIP no aplica en determinados casos. Enterate cuáles son.
El reintegro del 15% de la AFIP no aplica en determinados casos. Enterate cuáles son.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) cuenta con un beneficio especial para sus afiliados, el cual consiste en un reintegro del 15% para todos los jubilados y pensionados en todas las compras que hayan hecho en comercios minoristas y/o mayoristas. Aplica también para quiénes cobren el haber mínimo y también para los beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y por Embarazo (AUE).

Sin embargo, hay una duda latente en otros grupos que tiene que ver con la cuestión de si les corresponde o no reclamar el beneficio. Fundamentalmente pasa con quiénes tienen su Tarjeta Alimentar o con los trabajadores domésticos.

A continuación, te explicaremos en qué casos no te corresponde reclamar el reintegro.

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AFIP.

AFIP.

Reintegro del 15%: en qué casos NO aplica el beneficio

1. Consumos con tarjeta de crédito

De acuerdo a lo que sostiene la AFIP en su página oficial, el beneficio sólo corresponde a los consumos con la tarjeta de débito asociada a las cuentas, donde las personas perciben su jubilación, pensión, AUH o AUE. Si lo que querés es recibir el reintegro con tu tarjeta de crédito, por más que seas jubilado o pensionado, no podrás hacerlo.

2. Trabajadores de servicio doméstico

En caso de que estés registrado trabajador de casas particulares, no te corresponde aplicar para recibir el reintegro del 15% en compras con tarjeta de débito. Sólo serán beneficiarias aquellas personas que sean jubiladas o pensionadas con el haber mínimo, o reciban AUH y/o AUE.

Si figurás en el registro de empleados de casas particulares, y además sos beneficiario de alguna de las prestaciones mencionadas líneas arriba, podrás recibirlo pero sólo porque recibís de aquellas prestaciones. No por tu empleo doméstico.

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3. Compras con Tarjeta Alimentar

Las compras realizadas con la Tarjeta Alimentar no están alcanzadas por el beneficio del reintegro a sectores vulnerados. Si gozás de esta prestación, sucede lo mismo que con los empleados domésticos: solo podrán aprovechar el beneficio del reintegro:

  • Las personas jubiladas con la mínima.
  • Titulares de la Asignación Universal por Hijo.
  • Titulares de la Asignación por Embarazo.
  • Personas que perciben una pensión por fallecimiento que no exceda la mínima.
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Reintegro del 15% AFIP: ¿por qué puede pasar que me den la baja del beneficio?

En algunos casos puede suceder que seas dado de baja de la percepción del beneficio. Fundamentalmente si:

  • El inscrito cobra una jubilación superior al haber mínimo.
  • Por tal o cual motivo, se deje de ser beneficiario/a de la AUH o de la Asignación por Embarazo.
  • El interesado trabaje en relación de dependencia o como autónomo, sin formar parte de ninguno de los grupos requeridos.
  • Tener ingresos declarados en el impuesto a las ganancias.
  • Tributar el Impuesto sobre los Bienes Personales por otros bienes que no son vivienda única.

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