11 de diciembre 2003 - 00:00

Al menos en Justicia Laboral se preserva iniciativa privada

La Justicia laboral no les dio ayer la razón ni a Hugo Moyano, ni a Armando Cavalieri en el conflicto de Carrefour. Una sala de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo sostuvo que el Ministerio de Trabajo no tiene potestad para encuadrar a ningún empleado en un convenio colectivo. Por el contrario, ratificó la libertad de elección gremial. Esto es que cada trabajador pueda decidir cuando haya conflicto de encuadramiento a qué sindicato sumarse, si lo reclama vía judicial. La medida, fue adoptada por la Sala X de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, que desestimó todos los recursos presentados en la disputa que mantienen los camioneros y los mercantiles por la tutela gremial de los empleados de Carrefour de Esteban Echeverría. Ahora, la instancia que resta es una acción judicial de encuadramiento o llevar el caso a la Corte Suprema de Justicia. «El Ministerio de Trabajo no puede encuadrar al personal ni convencional ni sindicalmente», sostuvieron los camaristas, y ratificaron que la aplicabilidad de una convención colectiva de trabajo debe ser resuelta por un órgano judicial. El fallo generó mucha confusión porque tanto el gremio de Cavalieri como el de Moyano se adjudicaron un triunfo, mientras que el Ministerio de Trabajo consideró que la Justicia había ratificado la validez de la resolución en la que intimó a Carrefour a que aplicara el convenio de los camioneros para sus empleados.

La Justicia laboral volvió a foja cero el conflicto entre los gremios de camioneros y mercantiles, al considerar que el Ministerio de Trabajo no tenía potestad para encuadrar a ningún empleado en un convenio colectivo. Entendió, además, que la agremiación a un determinado sindicato debe ser pedida por el trabajador y resuelta por la Justicia laboral.

La medida fue adoptada por la Sala X de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, que desestimó todos los recursos presentados en la disputa que mantienen Hugo Moyano y Armando Cavalieri por la tutela gremial de los empleados de Carrefour de Esteban Echeverría. Ahora la instancia que resta es una acción judicial de encuadramiento o llevar el caso a la Corte Suprema de Justicia. Para el Ministerio de Trabajo, el fallo significa que la Justicia dejó en firme la resolución por la cual se intima a Carrefour a que aplique el convenio de los camioneros.

En un fallo de cuatro carillas, la cámara sostiene que «el Ministerio de Trabajo no puede encuadrar al personal ni convencional ni sindicalmente» y que la aplicabilidad de una convención colectiva de trabajo debe ser resuelta por un órgano judicial.

• Cuestionamiento

Por lo tanto, considera que la cuestión «sólo puede ser zanjada por la vía del juicio individual (o plurindividual) de derecho». Es decir, que le da vía libre al trabajador para que elija en qué gremio enrolarse. Aunque también es cierto que el sindicato de camioneros puede presentar un recurso extraordinario ante la Corte Suprema o iniciar acción judicial de encuadramiento si pretende aplicar su Convenio Colectivo 40/89.

Apenas conocido el fallo laboral, Cavalieri, titular de la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS), salió a adjudicarse el triunfo en su demanda al señalar que la Justicia había ratificado lo sostenido por el gremio, es decir, que la cartera laboral no encuadró ni puede encuadrar a los trabajadores y, mucho menos, modificar por una simple resolución el Convenio Colectivo 130/75 que se venía aplicando.

Los trabajadores del centro de distribución de Carrefour continuarán encuadrados en el gremio mercantil, ya que la propia Sala «ha cuestionado también que, a través de una simple inspección, pueda modificarse la situación laboral del personal», sostuvo en un comunicado el gremio mercantil.

Por el contrario, el gremio de los camioneros consideró que la Justicia falló a su favor al rechazar «la presentación de los recursos» ante la Cámara de Apelaciones, en una interpretación que «se aleja de la lectura del fallo y sólo atiende la palabra 'desestimar' y no la integralidad conceptual», señalaron los abogados de Comercio.

• Legitimidad

Lo cierto es que la Cámara Nacional de Apelaciones, al sostener que sólo la Justicia es el camino válido para definir un encuadramiento gremial, cuestionó «la legitimidad y aun la constitucionalidad de que la situación pueda ser resuelta por la 'vía interna' por el Ministerio de Trabajo».

El alto tribunal ratificó en su fallo que la cartera laboral «carece de facultades para encuadrar a los trabajadores convencional y sindicalmente», por lo que desestimó todos los recursos por tratarse de un ámbito ajeno para su presentación.

Si bien en su Resolución 263 el ministerio no hizo referencia a «un encuadramiento», tampoco podría haberlo hecho por carecer de «facultades», por lo que la situación debe ajustarse a los procedimientos legales preestablecidos por las entidades gremiales y por la autoridad de aplicación.

La Sala X de la cámara también señaló que la resolución ministerial no puede ser considerada como un presupuesto o antecedente negativo para el gremio de Comercio en torno de la actual representación sindical en la empresa Carrefour.

• Confusión

Los camaristas remarcaron que «resultan equivocadas todas las presentaciones obrantes en autos (los dos recursos y sus réplicas). Señaló, además, que los alcances de la oportuna decisión ministerial, luego recurrida, «han llevado a confusión a prácticamente todos los intervinientes» en la causa y explicó que se trató de una medida originada en meras inspecciones laborales a Carrefour.

«Esa resolución ministerial no abrió juicio (ni podría haberlo hecho) en torno al encuadramiento convencional de los trabajadores involucrados ni, mucho menos, respecto de la determinación de la asociación profesional que los representa», concluyó la cámara.

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