Reseña impositiva

EMERGENCIA

RG 5.171 (AFIP) (BO 23/322)

Emergencia hídrica. Vencimientos. Adecuación.

El Decreto 118/22 prorrogó la emergencia hídrica por 90 días corridos a partir de su fecha original de expiración y se instruyó a los distintos ministerios, áreas de gobierno y/u organismos a continuar con la adopción de las acciones conducentes, en el ámbito de sus respectivas competencias, a los fines de afrontar las consecuencias adversas generadas por la aludida situación. En consecuencia, la Administración Federal de Ingresos Públicos adecuó la RG 5.074, sustituyendo las fechas de vencimiento reguladas en el art. 2º.

Aquellos contribuyentes que a la fecha de entrada en vigencia de la presente no hayan efectuado la presentación a que se refiere el artículo 5° de dicha norma, podrán efectuar la solicitud de los beneficios en las condiciones allí establecidas, hasta el 18 de abril de 2022, inclusive.

INTERNOS

RG 5.170 (AFIP) (BO 28/3/22)

Comisión TRAFIP. Supresión.

La RG 2.996 aprobó el sistema integral de control, rastreo y localización de determinados productos gravados con Impuestos Internos denominado “TRAFIP”. Considerando la complejidad de un sistema de tales características se dispuso la creación de la “Comisión TRAFIP” para el relevamiento, análisis, diseño y seguimiento del desarrollo e implementación del referido sistema integral de control.

La Disposición 178/11 (AFIP) integró dicha Comisión respecto de la cual, al encontrarse sin operatividad, se dispuso su supresión, desde el 28 de marzo de 2022, por haberse alcanzado los objetivos por los cuales fue creada oportunamente.

PROCEDIMIENTO

RG 5.173 (AFIP) (BO 28/3/22)

Exportadores. Devolución.

Sistema Integral de Recuperos (SIR). Unificación

La AFIP simplifica trámites y optimiza controles en el sistema de reintegro del Impuesto al Valor Agregado a exportadores. La normativa facilita la tramitación de las solicitudes de acreditación, transferencia y/o devolución del beneficio fiscal. Asimismo las modificaciones introducidas mejoran la capacidad de coordinación y control entre los distintos organismos del sector público nacional en materia de ingreso y liquidación de las divisas que dan lugar a los beneficios tributarios.

Se unifica en el Sistema Integral de Recupero (SIR) los distintos regímenes de devolución de gravámenes. La instrumentación del SIR se realizará en etapas y reemplazará a la normativa vigente de forma plena a partir del 1° de julio.

La resolución prevé que entre abril y junio la Administración Federal de Ingresos Públicos recibirá observaciones y sugerencias que surjan de la interacción con el sistema al generar borrador de solicitudes, y aquellas puedan acercar los consejos profesionales, federación de consejos y cámaras empresarias.

VALOR AGREGADO

RG 5.172 (AFIP) (BO 28/3/22)

Régimen de retención. Incorporación de agentes.

En el marco de la RG 2.854, que regula el régimen de retención General del Impuesto al Valor Agregado aplicable sobre la venta de cosas muebles, locacionesde obras y locaciones y/o prestaciones de servicios, la Administración Federal de Ingresos Públicos incorporó un agente de retención. Entra en vigencia según lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 3° de la RG 2.854 y sus modificatorias.

R.H.F..

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