Esta sección se aboca en cada edición a brindar una síntesis de la normativa más relevante vinculada a la Seguridad Social, dictada por los organismos competentes o sancionados por el Congreso nacional.
Se estableció el valor de la movilidad prevista en el artículo 32 de la Ley N° 24.241 y sus modificatorias, correspondiente al mes de octubre 2025 en 2,34 %. En consecuencia, ANSES dictó la Resolución 361/25 (B.O. 25/11/25) disponiendo el incremento de los rangos y montos de las asignaciones familiares desde diciembre 2025, establecidos en los siguientes Anexos:
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Anexo I: Relación de dependencia y riesgos del trabajo
Anexo II: Prestaciones por Desempleo
Anexo III: Titulares del SIPA
Anexo IV: Veteranos de Malvinas
Anexo V Asignaciones para protección social
Anexo VI Monotributistas
Anexo VII Titulares del Decreto 514/21
La percepción de un ingreso superior a $ 2.511.024 por parte de una de las personas integrantes del grupo familiar referido en el artículo 1° del Decreto N° 1667/12, excluye a dicho grupo del cobro de las asignaciones familiares, aun cuando la suma de sus ingresos no supere el límite máximo de ingresos establecido en los anexos de la presente. El monto familiar asciende a $ 5.022.048.
Aporte al Fondo Fiduciario de Enfermedades Profesionales
La Gerencia de Control Prestacional de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, por Disposición 12/25 (B.O. 27/11/25), estableció el valor de la suma fija prevista en el art. 5° del Dto. 590/97 y sus modificatorias y complementaria, en $ 1.543 para el devengado del mes de noviembre 2025 que se cancela en diciembre 2025.
SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO
Haberes previsionales para diciembre 2025
En cumplimiento de lo dispuesto por el DNU 274/24, corresponde que ANSES disponga mensualmente el incremento de los haberes previsionales tomando en cuenta la inflación mensual. La misma se fijó para el mes de octubre en 2,34%.
En consecuencia, ANSES mediante la Resolución 359/25 (B.O. 25/11/25) dispuso para los haberes previsionales de diciembre 2025 los siguientes valores de:
Haber mínimo garantizado $ 340.879,59
Haber máximo $ 2.293.796,92
Base imponible mínima para aportes y contribuciones $ 114.808,17
Base imponible máxima para aportes y contribuciones $ 3.731.212,01
Prestación Básica Universal (PBU) $
Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) será $ 272.703,67
Las remuneraciones de los afiliados que cesaren en la actividad a partir del 30 de noviembre o los que la soliciten a partir del 1° de diciembre de 2025, se actualizarán, a los fines establecidos por el art. 24 inc. a) de la Ley 24.241 y sus modificatorias, según el texto introducido por el artículo 12 de la Ley N° 26.417, mediante la aplicación de los índices de actualización aprobados por la Subsecretaría de Seguridad Social en la Disposición 29/25.
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