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De ese modo, se creó un sistema jurídico perverso que -tras adjudicarle a las empresas del Estado todas las facultades posibles y otorgarles privilegios de los que no gozaban los particularespermitía que funcionarios (no pocas veces inescrupulosos), se apropiaran de recursos públicos para propósitos privados, mientras -simultáneamentese establecía una valla legal que les evitaba las consecuencias de su cesación de pagos, al prohibir que se les pudiera decretar la quiebra.
Por otra parte, y como consecuencia de una « entente» entre sectores sindicales y autoridades militares de la llamada «Revolución argentina», se dictó la tristemente célebre Ley 18.832 que -con la motivación de «preservar por todo el tiempo que resulte razonablemente necesario las fuentes de trabajo»permitía tanto la administración por parte del Estado, ante una quiebra decretada a una sociedad, de la compañía, como la intervención de aquél en su liquidación o como «administrador», frente a la convocatoria de acreedores.
¿Cuál fue la resultante de esta legislación supuestamente «justiciera» y « salvadora»? Pues, que el Estado que había venido -invocando situaciones de transitoriedad y superación de la crisis de la fallida a « sanear» compañías en « default»- no sólo no logró rehabilitar a las empresas en crisis, sino que terminó él mismo quebrando, tras quedarse el poder público con más de un centenar de empresas absolutamente improductivas, que iban desde ingenios, hasta frigoríficos y parques de diversiones, todo ello -obviamente-en medio de un verdadero «carnaval inflacionario» de gastos y corruptelas.
Tan graves fueron las consecuencias de lo ocurrido, que a fines de los '80 y principios de los '90 debieron dictarse las leyes de Reforma del Estado (23.696), y de Emergencia Económica (23.697), para superar la situación denominada en ese entonces de «peligro colectivo», creada -entre otras cosas-por el Estado « populista» y sus ideas salvadoras, y concebirse -en una ley de quiebras dictada al efecto (24.522)- una nueva normativa que impidiera que, amparándose en la utilización demagógica de la « teoría de la continuación de la empresa», los caudillos y/o políticos de turno, facilitaran la continuación -a costillas de todos (léase, los acreedores y la comunidad en general)- de firmas quebradas, constituidas en « esqueletos de empresas disfrazados de fuentes de trabajo» sostenidos con subsidios y prevendas públicas con fines electoralistas.
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