El anuncio de Tony Blair de suspender sin fecha la consulta popular en su país por la adopción de la vapuleada Constitución europea termina de sepultar las expectativas de sus colegas de Francia y de Alemania por ayudarlos a imponer un texto que, a todas luces, si algún consenso genera, es en contra de su aceptación. La «Constitución de los grandes», redactada por burócratas sin alma, quedará para el recuerdo.
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Se ha afirmado que toda Constitución es un parte de batalla escrito por quienes la ganaron. Desde esa óptica, el pilar esencial del orden jurídico aparece originado por un acto de fuerza. La verdad es que la inmensa mayoría de las cartas magnas hoy vigentes, la nuestra incluida, proviene, efectivamente, de un previo choque armado de voluntades.
La Unión Europea procuró alcanzar los mismos resultados, pero por el consenso, no la imposición. Lo hizo al someter a consultas populares a los regímenes nacionales de cada uno de sus miembros y, ahora, para la adopción o no de una Constitución europea en común.
Las bondades intrínsecas de una Constitución han sido raramente tomadas en cuenta por las grandes mayorías, que por lo general optan por aceptarlas o por rechazarlas según la coyuntura política del momento. Todos recordamos, siquiera del colegio, cómo, en el primer intento constitucional argentino, lo que resultó en la práctica decisivo fue apoyar o repudiar a Rivadavia, numen político de su gestación.
Cualquiera que haya seguido los debates en los recientes plebiscitos de Francia y de Holanda pudo comprobar que los argumentos por el Sí correspondían casi siempre a visiones estratégicas, a los beneficios de largo alcance con que ambas sociedades se beneficiarían adoptando el nuevo orden jurídico. Y que quienes alegaban por el No más bien insistían en los perjuicios concretos, inminentes, que los ciudadanos sufriríanen caso de triunfar la aceptación.
Esa es la dificultad esencial que afrontan los cambios estructurales: afectar inevitablemente intereses inmediatos que mucha gente tiende a defender por sobre las expectativas de beneficios superiores, pero demasiado alejados en el tiempo. Estos plebiscitos europeos aparecen signados por esa disyuntiva inevitable del pájaro en mano o cien volando.
Sin embargo, resultaría insuficiente considerar que la mayoría de los votantes privilegió sus temores ante la inmigración, el aumento de gastos comunitarios, la competencia desleal o la permeabilidad de sus fronteras, sin tomar en cuenta consideraciones de orden más profundo.
Porque en estos plebiscitos, las sociedades del Viejo Continente, de manera consciente o no, estuvieron y estarán pronunciándose también sobre un aspecto profundamente estructural de su vida en sociedad: la manera en que cada una aspira a diseñar los términos en que pretende relacionarse con el rasgo esencial de nuestro tiempo, que es el fenómeno de la globalización.
En el caso francés, especialmente, resulta muy evidente que se trata de una sociedad con un alto cuestionamiento a lo que podría describirse como un proceso globalizador demasiado complaciente con los dictados del mercado y más bien expresivo de una visión sajona y extremadamente capitalista del mundo y de las cosas, e identificaron a la eventual aceptación de la Constitución europea, en su actual redacción, como una vía de adhesión no suficientemente crítica a un esquema que, tal como está, no los convence.
En el mundo de hoy, no hay proceso alguno que no se encuentre afectado por el grado en que se acerque o se distancie de la corriente globalizadora que hoy caracteriza al escenario internacional, y el fenómeno de la Constitución europea no escapa a esa dialéctica.
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