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21 de octubre 2026 - 08:38

Amplían las sanciones por agresiones a docentes, médicos y trabajadores de servicios esenciales en territorio bonaerense

La reforma al Código de Faltas prevé arresto de 5 a 30 días o multas para quien hostigue, insulte o agreda a trabajadores de escuelas, hospitales y oficinas de atención al público. Las penas se duplican si ocurre frente a alumnos, pacientes o menores.

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Archivo. Las nuevas sanciones impulsan arrestos de 5 a 30 días o multas de entre el 50% y el 100% del haber mensual de un oficial de la Policía bonaerense.

El Gobierno bonaerense promulgó hoy la Ley 15.647, que modifica el artículo 74 bis del Código de Faltas provincial para extender a los trabajadores de la salud y de servicios públicos esenciales la protección frente a agresiones que hasta ahora alcanzaba solo al personal educativo, a partir de su publicación este miércoles en el Boletín Oficial. La norma había sido sancionada por la Legislatura el 29 de septiembre.

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La ley establece arresto de 5 a 30 días o multas de entre el 50% y el 100% del haber mensual de un oficial de la Policía bonaerense para quien, dentro de un establecimiento educativo, de salud o una dependencia de atención al público, o en sus inmediaciones, agreda a un trabajador en ejercicio de sus funciones. Alcanza tanto a establecimientos públicos como privados.

Las nuevas sanciones

Las conductas sancionadas incluyen hostigar, maltratar, menospreciar o perturbar al trabajador, insultarlo o provocar escándalo, ejercer violencia física que no constituya un delito mayor, arrojarle objetos a él o a bienes de utilidad pública, ingresar sin autorización a zonas restringidas y no retirarse cuando lo pide el personal, o perturbar de cualquier manera el ejercicio de la función. La sanción se duplicará si los hechos ocurren frente a alumnos, pacientes o menores de edad.

La ley establece arresto de 5 a 30 días o multas de entre el 50% y el 100% del haber mensual de un oficial de la Policía bonaerense.

Hasta ahora, el artículo 74 bis, incorporado en 2017 por la Ley 14.898, castigaba solo a quienes, invocando un vínculo con un alumno, agredieran a trabajadores de la educación dentro de la escuela o en sus inmediaciones. Con la reforma, la protección alcanza a médicos, enfermeros y agentes de servicios esenciales, y la sanción se aplica a cualquier persona, sin importar su vínculo con la institución.

La iniciativa fue impulsada por el senador de Unión y Libertad Sergio Vargas, junto a su compañero de bloque Carlos Kikuchi. Obtuvo media sanción en el Senado a mediados de septiembre y fue convertida en ley por Diputados el 29 de ese mes, en medio de una serie de episodios de violencia en escuelas y guardias hospitalarias. Tras la sanción, Vargas destacó que el objetivo es “construir espacios públicos seguros para quienes cumplen una función esencial en la comunidad”.

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