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Daniel Rafecas.
El Administrador General es quien administra el Presupuesto del Poder Judicial, de acuerdo a la ley de creación, Nº 24.937, y por lo tanto dispone de las sumas requeridas por los Juzgados para esta clase de situaciones especiales.
El Consejo de la Magistratura tiene un reglamento de viáticos, en donde están tabulados expresamente los montos diarios que corresponden asignar a los funcionarios judiciales que se trasladan a otra jurisdicción, de acuerdo a la distancia y la jerarquía de los funcionarios.
Sólo se otorgan viáticos a funcionarios judiciales. El Consejo de la Magistratura no solventa gastos o viáticos de las fuerzas de seguridad que acompañan a los funcionarios judiciales.
Para casos de urgencia, en los que no es posible gestionar con carácter previo los viáticos, los funcionarios judiciales realizan el procedimiento y luego presentan la rendición de cuentas requiriendo la restitución de las sumas de dinero correspondientes.
En este caso, el juez Claudio Bonadio no solicitó estos gastos. Entonces, se produce la primera irregularidad porque no se sabe con qué fondos viajaron los funcionarios judiciales.
Las fuerzas de seguridad que concurren en auxilio de la Justicia destinan recursos y movilizan a su tropa. Es decir, es la propia fuerza con sus recursos la que debe pagar el traslado, y no un Ejecutivo como lo hizo el Gobierno porteño de Mauricio Macri.
En este caso hay un desplazamiento irregular ya que la Metropolitana no tiene dentro de sus funciones la potestad de intervenir en Santa Cruz. Además el gasto salió de la administración central del Gobierno porteño, es decir un gasto irregular que podría configurar el delito de malversación de fondos públicos.



