Enargas oficializó nuevos criterios para recibir la tarifa social
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Se aclara que los usuarios que consideren que le asisten razones particulares para acceder a la tarifa social y no están comprendidas de forma especial en los criterios de elegibilidad, podrán presentar su situación particular a consideración de la autoridad regulatoria.
También podrán acceder a la tarifa los beneficiarios de una Pensión no Contributiva y percibir ingresos mensuales brutos no superiores a dos veces el Salario Mínimo Vital y Móvil.
Se contempla además los casos de los que son titulares de programas sociales; los inscriptos en el Régimen de Monotributo Social, los incorporados en el Régimen Especial de Seguridad Social para empleados del Servicio Doméstico y los que están percibiendo el seguro de desempleo.
Podrán acceder a la tarifa social los titulares de una Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur, los que cuenten con un certificado de discapacidad expedido por autoridad competente, y en los que un titular o uno de sus convivientes tenga una enfermedad cuyo tratamiento implique electro-dependencia.
Serán excluidos del beneficio los titulares de más de un inmueble, los dueños de autos cuyos modelos tengan hasta 10 años de antigüedad, pero se aclara que este criterio no se aplica a quienes posean certificado de discapacidad o electrodependencia. También quedan excluidos los que posean aeronaves o embarcaciones de lujo.




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