Gobierno reclamó "celeridad" a la Corte para tratar la Ley de Medios
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Martín Sabbatella
En la conferencia, el titular del Afsca consideró que la resolución de segunda instancia "es un fallo tramposo, burdo, grosero, que evidentemente busca proteger los intereses del Grupo Clarín".
"Como no pueden declarar la inconstitucionalidad de la ley, porque es obvio que es constitucional, como lo dijo el fiscal, lo que hacen para defender los intereses específicos del Grupo Clarín es declarar inconstitucional los incisos, las partecitas, un párrafo o un renglón", aseveró Sabbatella.
"Había cuatro artículos en cuestión, pero el que grafica este hecho burdo y grosero es como desagregaron punto por punto el 45, que establece los límites de adecuación, qué puede tener cada compañía, que luego debe adecuar. Lo que hicieron fue desvirtuar el espíritu antimonopólico", agregó.
Para el diputado en uso de licencia, los camaristas Francisco de las Carreras, Susana Najurieta y Ricardo Guarinoni "intentan destrozar el espíritu de la ley y construyen otra ley". Sin embargo, Sabbatella recordó que "para hacer leyes hay que ser legislador, no se puede hacer eso".
Según dijo ante la prensa, al justificar la inconstitucionalidad fraccionada la Cámara Civil y Comercial Federal aduce problemas de "rentabilidad" para el multimedio y "sustentabilidad" de las empresas, lo que revela la protección de los intereses económicos. "Dicen que no se puede regular los intereses del Grupo Clarín, pero sí se puede regular a los competidores, esto viola el artículo 16 de la Constitución que dice que todos somos iguales ante la ley", expresó.
El jefe de Afsca explicó que la sentencia se rige bajo la lógica de que es constitucional lo que no afecta a Clarín y es inconstitucional los que sí perjudica los negocios del Grupo. En ese sentido, dijo que la Cámara "salvó" los puntos que no cumple de la ley y debe adecuarse y los detalló.
- La regulación del espacio satelital es constitucional porque no afecta al Grupo Clarín.
- El espectro radioeléctrico sí se puede regular, es constitucional porque Clarín tiene 25, se puede tener 10, se tiene que desprender de 15, pero tiene bandas UHF que las reemplazaría. Pero a la vez declaran inconstitucional un renglón sobre la regulación de las señales. Una mitad es constitucional porque afecta poco a Clarín y la otra mitad es inconstitucional porque le afecta todo.
- La Cámara dice que no se puede regular el sistema de cable porque afecta a Clarín, que tiene 237 señales.
- El 35% de la cuota de mercado también es inconstitucional porque Clarín supera 40% en radio y televisión.
- Los límites locales para poseer señales de cable y de aire al mismo tiempo que no afectan a Clarín son constitucionales, los que se superponen y son de Clarín se declaran inconstitucionales. Clarín tiene 37 ciudades con más de un sistema de cable.



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