El juez federal de Córdoba Ricardo Bustos Fierro declaró inconstitucional la suspensión de la fórmula de movilidad de jubilatoria del 2020 y ordenó a la ANSES recalcular la jubilación de un demandante según los porcentajes surgidos el cálculo previsto por la ley 27.426, sancionada durante el gobierno de Mauricio Macri.
La resolución se tomó en la causa "Genesio, Néstor Jorge c/ Anses s/ reajustes varios", que tramita en el Juzgado Federal Nº 1 de Córdoba. Según Bustos Fierro, "la potestad de disponer incrementos por decreto que no respondan a un lineamiento objetivo, trastoca el principio de legalidad".
Tal como reveló LV12, según la fórmula suspendida todos los jubilados y pensionados de Anses tenían que recibir un aumento anual del 42%. Sin embargo, el reajuste que recibieron fue entre 24,3% y 35,3%, que variaba según los ingresos mensuales. A partir de eso, el juez decidió que es inconstitucional el artículo 55 de la ley 27.541.
En ese marco el magistrado determinó que los aumentos efectuados "no resultan ser superadores de los índices que reemplazan, no encontrándose cumplidos los objetivos que se tuvieron en mira con la delegación".
En la causa “Genesio, Néstor Jorge c/ Anses s/ reajustes varios”, el juez consideró que “el abandono de una pauta legal de movilidad, o lo que es igual, su suspensión con delegación en el Poder Ejecutivo de la potestad de disponer incrementos por decreto que no respondan a un lineamiento objetivo, trastoca el principio de legalidad”.
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