La Justicia prorrogó la prisión preventiva de Ricardo Cavallo
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Ricardo Cavallo.
El 7 de julio de 2008 el juez Torres, con la intervención del secretario Pablo Yadarola, dictó el quinto procesamiento del represor (con un embargo de 431 millones de pesos) por el secuestro y aplicación de tormentos a 292 prisioneros, siete de los cuales fallecieron; que se hallaban ilegalmente cautivos en la ESMA.
Esa medida se tomó en el expediente "principal" de la causa reabierta tras la derogación y declaración de "nulidad insalvable" de las leyes de Obediencia Debida y Punto Final, donde el juez analizó cada uno de los casos puntuales entre los que se halla el de Elena Holmberg, secuestrada el 20 de diciembre de 1978 y cuyo cadáver fue hallado en el Delta del Río de la Plata.
"Encuentro reunidos los extremos necesarios como para tener por acreditada la materialidad" de los hechos analizados "como así también la responsabilidad que en relación a ellos le cupo" a Cavallo, escribió Torres en uno de los párrafos de aquella extensa resolución que supera las 250 carillas.
El magistrado sostuvo que "quedó debidamente acreditado que los comandantes en Jefe de la Armada Emilio Massera y Armando Lambruschini ordenaron un modo de combatir al terrorismo, consistente en aprehender a sospechosos" y "mantenerlos clandestinamente en cautiverio y someterlos a tormentos".
Esa práctica tenía como propósito "obtener información", explicó Torres quien señaló que posteriormente el destino de los cautivos podía ser la puesta a disposición de la Justicia, del Poder Ejecutivo Nacional (PEN), "o bien eliminarlos físicamente".
Para oponerse a la libertad de Cavallo -quien actuaba bajo el mote de "Sérpico" en el centro clandestino de la ESMA - el magistrado recordó que los hechos que se le imputan al represor son considerados crímenes de "lesa humanidad" y, por ende, imprescriptibles.




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