7 de enero 2003 - 00:00

Ley de acefalía también sería inconstitucional

Los conflictos en torno a la nueva ley de acefalía superaron ayer la polémica sobre su publicación o no en el Boletín Oficial. Aunque se informó que el gobierno habría promulgado esa ley, pero no fue publicada aún, la norma seguiría siendo una amenaza contra la transición del poder ya que podría ser declarada inconstitucional. De todas formas, nada garantiza que con o sin ley de acefalía vigente, el orden constitucional se mantenga protegido, ya que los constitucionalistas opinan que con este cronograma electoral es imposible garantizar que la Justicia no impugne cualquiera de las medidas que sostienen ese mentoproceso. En síntesis, por un lado, no se podría sostener legalmente un período presidencial que comenzara el próximo 10 de diciembre y terminara el 10 de diciembre de 2007, como indica la ley electoral y alargado seis meses más por la ley de acefalía, ya que sólo una convención constituyente puede prolongar un mandato presidencial. Esa fue la forma por la que Carlos Menem pudo terminar su segunda presidencia el 10 de diciembre de 1999, habiendo asumido un 8 de julio, tal como figura en la cláusula transitoria décima de la Constitución de 1994.

• Prioridades

Si, por el contrario, no se invalidan por inconstitucionales la nueva ley de acefalía y el cronograma electoral, los constitucionalistas ven otros problemas en el horizonte. Mientras la ley que fijó la convocatoria a elecciones habla de una transición presidencial ordinaria, la de acefalía estableció un sistema por el que el presidente electo ocupa el cargo desde el 25 de mayo. Tanto la Constitución Nacional como la ley de acefalía fijan que la presidencia en caso de vacancia puede ser ocupada por un ciudadano que revista el carácter de funcionario público con una lista de prioridades a saber: un senador, un diputado, un gobernador y, además, el artículo 88 de la Carta Magna establece que cesa la acefalía cuando existe un presidente electo.

Todo este esquema no tendría fisuras si se hablara de un mandato constitucional de 4 años comenzando el 25 de mayo de 2003 y finalizando el mismo día, pero en el año 2007. Pero si se habla de prorrogar el mandato presidencial seis meses más, como lo fija la combinación de ley electoral-ley de acefalía, vuelven las complicaciones y el impediconstitucional.

También allí es donde surge una suerte de proscripción hacia ciertos candidatos que por no ser funcionarios públicos no podrían primero hacerse cargo del mando por elección del Congreso para cubrir la acefalía y luego por derecho propio desde el 10 de diciembre. En esa lista se encuentran Adolfo Rodríguez Saá, Ricardo López Murphy y Carlos Menem, aunque en este último caso podría salvar la situación si su hermano Eduardo renuncia a la senaduría por La Rioja y Carlos asume ejerciendo el derecho que tiene como su suplente.

Las historias en torno a la ley de acefalía comienzan cuando en medio de la ausencia de Bartolomé Mitre, peleando la guerra del Paraguay en 1865, muere su vicepresidente Marcos Paz, transitoriamente a cargo del Ejecutivo y se complica la sucesión del mando. En ese momento, se sanciona la Ley 252 que soluciona transitoriamente la acefalía presidencial. Se decidió entonces que ante el fallecimiento o renuncia de ambos integrantes del binomio a cargo del Ejecutivo asume el presidente del Senado con potestad para convocar a elecciones.

Esa ley se utilizó para cubrir la acefalía provocada por la renuncia de Héctor Cámpora-Vicente Solano Lima y la transición a la fórmula Perón-Perón, sólo que el mando pasó al presidente de la Cámara de Diputados, Raúl Lastiri -segundo previsto en la sucesión-, ya que Alejandro Díaz Bialet, presidente del Senado por entonces, había sido enviado al exterior.

Pero cuando en ese caso asumió la fórmula Perón-Perón, a ningún legislador se le ocurrió que el nuevo presidente pudiera completar el mandato de Cámpora y luego iniciar el propio. Por el contrario, ese período presidencial se había fijado para durar desde el 12 octubre del '73 hasta el 12 octubre del '77, aunque se sabe que nunca llegó a cumplirse.

Pero los manoseos no terminaron allí. Cuando muere Juan Domingo Perón y se habla de la renuncia de su esposa Isabel, José López Rega envía al Congreso un proyecto de modificación de la ley de acefalía por el que ante la vacancia presidencial asumía el mando un consejo de ministros hasta que la Asamblea Legislativa eligiera al funcionario que continuaba con el mando. López Rega no quería ir a elecciones y con ese artilugio pensó evitarlas.

Ese proyecto ingresó al Senado y se recibe en la Comisión de Asuntos Constitucionales que en ese momento presidía Fernando de la Rúa. En medio de la crisis del gobierno peronista, el proyecto se modifica y se sanciona la ley de acefalía, que rigió hasta que hace un mes el Senado volvió a modificarla.

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