Ley de Medios: procuradora recomienda a la Corte dar por extinguida la cautelar
-
Milei vuelve a EEUU en busca de inversiones
-
Rechazaron el pedido de detención de Adorni por falta de "riesgo real o grave"
La procuradora general, Alejadra Gils Carbo, junto a la ministra de la Corte, Elena Highton de Nolasco.
Según la Procuradora, "de acuerdo con las estipulaciones" formuladas por la Corte Suprema cuando puso un límite a la medida cautelar, "el plazo de vigencia de la medida cautelar venció inexorablemente el 7 de diciembre pasado".
"En el escenario descripto, el hecho de que el dictado de la sentencia sea inminente, no constituye en sí mismo motivo suficiente para prorrogar la medida cautelar", concluye.
En ese sentido, la titular de la Procuración General consideró que "al disponer el mantenimiento de la medida cautelar un día antes del vencimiento del plazo establecido, sobre la base de que la sentencia del juez de primera instancia parecía inminente, la Cámara desvirtuó la decisión anterior de la Corte, privándola de todo vigor".
En su cuestionamiento a la Cámara, Gils Carbó sostiene que "en todo caso, para prorrogar la medida cautelar después de haber fenecido el plazo establecido, las actoras debieron haber demostrado en base a hechos nuevos no considerados por el fallo de la Corte Suprema, la existencia de peligro en la demora y la verosimilitud en el derecho. (Pero) no se da ni uno ni otro requisito".
Por lo expuesto, Gils Carbó afirma que "la interpretación del alcance de la medida cautelar que la Cámara realiza en la sentencia apelada -al afirmar que con su extinción empezaría a correr para las actoras el plazo del artículo 161 que la medida habría suspendido- es errónea. La medida cautelar sólo suspendió para su beneficiaria (Clarín) los efectos del vencimiento del plazo de adecuación".
Finalmente, la procuradora sostiene que "opino que corresponde declarar admisible el recurso extraordinario interpuesto por el Estado Nacional con el alcance indicado en este dictamen, y revocar la sentencia apelada, declarando extinguida la medida cautelar oportunamente dispuesta", culmina el escrito.



Dejá tu comentario