Papel Prensa: la UIF fundamentó pedido de ser querellante
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Lo que se persigue -explicó- es "la conducta actual de administración de bienes de origen ilícito, con el fin de otorgarles apariencia de licitud".
La UIF recordó lo establecido en el decreto 2.226/2008 y la última reforma de la Ley de Lavado de Activos (26.683) para constituirse como parte querellante en toda causa que así lo amerite.
Sbatella rebatió, asimismo, otro de los fundamentos que había manifestado Ercolini, cuando consideró que la intervención como querellante de la Secretaría de Derechos Humanos hacía innecesaria la participación de la Unidad en la causa.
En este sentido, el titular de la UIF señaló que la pertenencia al Estado o, incluso, a un mismo Ministerio, no implica que los fines perseguidos sean idénticos.
La obligación del organismo, resaltó, "es velar por el orden económico y financiero tutelado por un capítulo específico del Código Penal, donde se ubica el delito de lavado de activos, cuya prevención y control es competencia exclusiva de la UIF".



