Papeleras: concretó Argentina su presentación ante La Haya
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En el escrito, la Argentina indica con claridad a los jueces cuáles son los derechos que considera afectados y fundamenta "en forma contundente y detallada los hechos y las normas jurídicas" que le asisten al pedir que el tribunal "disponga que Uruguay cese sus comportamientos pasibles de ocasionar un perjuicio ambiental transfronterizo al Río Uruguay y a su área de influencia", aseveró Taiana.
Según el canciller estos comportamientos "entrañan la responsabilidad internacional de ese país y la consecuente obligación de reparación integral de los perjuicios ocasionados".
De esta forma el país definió que la controversia radica en la "violación por el Uruguay de las obligaciones que surgen del Estatuto del Río Uruguay, tratado firmado por la Argentina y el Uruguay en Salto (Uruguay) el 26 de febrero de 1975 y que entró en vigor el 18 de septiembre de 1976 (en adelante el `Estatuto de 1975ï), con relación a la autorización de la construcción y la eventual puesta en funcionamiento de dos plantas de pasta de celulosa sobre el río Uruguay y su zona de influencia", indicó Taiana.
El funcionario destacó también la competencia de la Corte Internacional de Justicia, basada en el "primer párrafo del artículo 60 del Estatuto de 1975, que establece que ´Toda controversia acerca de la interpretación o aplicación del Tratado y del Estatuto que no pudiere solucionarse por negociaciones directas, podrá ser sometida, por cualquiera de las partes, a la Corte Internacional de Justicia´".
La demanda argentina presenta los hechos más relevantes de la controversia y explica que el 9 de octubre del 2003 Uruguay autorizó de manera "unilateral" a la sociedad española ENCE la construcción de una planta de pasta de papel en los alrededores de la ciudad de Fray Bentos (Departamento de Río Negro), proyecto denominado "Celulosa de M'Bopicuá" (CMB).
"Dicha autorización fue concedida sin respetar el procedimiento obligatorio de información y consultas previas del Estatuto de 1975, y a pesar de los riesgos significativos al medio ambiente y a la salud que una planta de tales características es susceptible de causar", destacó el canciller.
La presentación establece además que "a pesar de los pedidos reiterados del Gobierno argentino y de la delegación argentina en el seno de la CARU, el Gobierno uruguayo persistió con su negativa a seguir los procedimientos previstos por el Estatuto de 1975. Dicho comportamiento condujo a la parálisis de la CARU durante varios meses".



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