2 de febrero 2005 - 00:00

Pedirán que en caso de ganar el No también renuncie el vice Telerman

Pedirán que en caso de ganar el No también renuncie el vice Telerman
Si el Tribunal Superior de Justicia (TJS) porteño hace lugar a dos pedidos de revocatoria de mandato del jefe de Gobierno de la Ciudad que presentaron particulares, o bien al propio pedido que realizará hoy Aníbal Ibarra para llamar a consulta popular directa, se pondría en juego no sólo su cargo sino la fórmula que gobierna el distrito. Esto incluiría el mandato del vicejefe Joge Telerman, según indicaron funcionarios del ibarrismo.

El artículo 67 de la Constitución porteña -que establece que el electorado que reúna firmas por un total de 20% del padrón porteño puede solicitar que se convoque a elecciones para determinar o no la continuidad del jefe de Gobierno- trata acerca de revocatoria de mandatos de funcionarios electivos. Esto significa, no obstante, que es el TSJ quien debe decidir el alcance y la admisibilidad del llamado a referéndum y, en su caso, a qué funcionarios comprende. No alcanzaría a los demás funcionarios del gobierno, en cambio, porque no son electivos, según consignó un letrado constitucionalista.

• Hoy, el TSJ recibirá a los autores de dos pedidos de revocatoria de mandato de Ibarra, uno presentado el jueves y otro ayer para que ratifiquen sus firmas.

Estos pedidos se adelantaron al que realizará el propio Ibarra hoy de consulta popular directa -sin la necesidad de reunir 520 mil firmas que equivalen a 20% del padrón- ante el TSJ. La primera solicitud fue firmada por los letrados representantes de víctimas de la tragedia en República de Cromañón y otras organizaciones, Fabián Bergenfeld, Alberto Delfico, Juan Curuchet, Gregorio Podoroisky, Juan Carlos Iglesias y Jorge Taboada. El otro escrito lo presentó el particular Gabriel Rodríguez Vallejos. Los jueces Ana María Conde, Julio Maier, Jorge Casas, Alicia Ruiz y Luis Lozano convocaron hoy a estos letrados para que ratifiquen sus firmas en la Secretaría de Asuntos Originarios del TSJ porteño.

• Hoy se presentará, además, el anunciado pedido de Ibarra ante el TSJ para que se defina si siendo jefe de Gobierno puede solicitar su propio referéndum de revocatoria de mandato, lo que no estaría contemplado en el artículo 67 ni en el 357 de la Constitución de la Capital Federal. La intención de Ibarra, además, es intentar sortear la exigencia de reunir 500 mil firmas. Este pedido se iba a realizar ayer, pero finalmente se decidió postergarlo para hoy. Ayer, la procuradora porteña Alejandra Taddei junto con un grupo de juristas trabajó en esta solicitud. Consultada acerca de cuál iba a ser la respuesta del Gobierno porteño en el caso de que el TSJ hiciera lugar primero a los dos pedidos de revocatoria firmado por particulares en vez del de Ibarra, Taddei indicó: «No habría ningún conflicto porque todos estos pedidos son compatibles».

Otra fuente del Gobierno porteño señaló que existiría la posibilidad de «sumarse» a los pedidos de revocatoria o de «unirlos» para que todos confluyan en uno solo.

• Existen dos antecedentes de pedidos de referéndum de revocatoria contra el mandato de
Ibarra que anteceden a la tragedia de Cromañón. Uno fue presentado por los vendedores ambulantes, pero se declaró su caducidad porque al transcurrir un año de su presentación no se habían reunido las firmas suficientes y el otro pedido fue rechazado «in limine».

En cuanto a si es legítimo o no el pedido de Ibarra, una fuente judicial aseguró que aún el TSJ no tomó una decisión.

«No hay una opinión formada todavía, no sabemos qué es lo que va a pedir concretamente Ibarra, aunque todo indica que no estaría legitimado»,
señaló la fuente consultada.

El secretario del TSJ,
Heriberto Saavedra, explicó ayer que «Ibarra no puede pedir la revocatoria de su propio mandato y el derecho que él tiene es a renunciar». Saavedra agregó que «es el TSJ quien debe considerar el tema, estudiarlo y resolver». Además, el funcionario explicó en declaraciones radiales que «en el TSJ no hay ninguna presentación de consulta popular» aunque sí «dos pedidos de revocatoria». Lo que sí queda en pie es la otra estrategiaque anunció emprendería Ibarra en caso de que el TSJ rechazara su pedido: juntar firmas. Esta es la otra posibilidad a la que apunta. El artículo 67 de la Constitución porteña indica que esas firmas deben reunirse en un período no superior a un año y que «tienen efecto vinculante si los votos favorables a la revocación superan 50% de los inscriptos».

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