2 de enero 2009 - 00:00

Prorrogan prisión preventiva para represores sin condena

La Cámara Nacional de Casación Penal hizo lugar a la extensión de la prórroga de la prisión preventiva de dos represores imputados por delitos de lesa humanidad, adoptando un criterio distinto al que utilizó otra Sala para conceder la excarcelación a una veintena de acusados, entre ellos, Alfredo Astiz y Jorge "El tigre" Acosta.

La Sala IV del Tribunal dispuso la prórroga por ocho meses de las prisiones preventivas de
los represores Samuel Miara y Eufemio Uballes, quienes están detenidos desde el 24 de agosto de 2005, acusados por delitos contra los derechos humanos.

Pese a que ya se vencieron los plazos que fija la Ley 24.390 (que sólo permite la detención preventiva por el plazo de tres años cuando aún no hay condena), los camaristas consideraron "adecuada" la decisión del Tribunal Oral Federal Nº 5 (TOF5) de prorrogar la detención, en una resolución del 17 de noviembre pasado pero que recién se conoció hoy.

"Las razones invocadas en la resolución bajo control, derivadas de la evidente complejidad de la causa, por su voluminosidad, cantidad de procesados, cantidad de querellantes y hechos imputados, que conllevan mayor dificultad en la tramitación y preparación del juicio, se adecuan a los baremos que normativamente justifican la prórroga de prisión preventiva", argumentó el juez Augusto Diez Ojeda, voto que compartió su colega Mariano González Palazzo.

Así, decidieron fijar en ocho meses la prórroga de la prisión preventiva para ambos represores, "en función de un justo equilibrio entre la atención de las complejidades de la causa en su tramitación, la necesidad de neutralizar los riesgos procesales que vienen sustentando la detención provisoria, y el derecho del imputado a ser juzgado en un plazo razonable".

Miara y Uballes están imputados por delitos de lesa humanidad cometidos en los centros clandestinos de detención El Banco, Club Atlético y El Olimpo, y ante la "complejidad y volumen de la causa" en la que hay 15 imputados, los jueces justificaron la extensión de la prisión.

A la vez, el ex comisario Miara está acusado por la apropiación de los mellizos Gonzalo y Matías Reggiardo Tolosa, un caso que adquirió fuertes ribetes mediáticos durante la década pasada, cuando luego de conocer su verdadera identidad, los jóvenes reclamaron a la Justicia que se les permitiera vivir con el represor.

En disidencia votó el juez Luis García, quien días atrás convalidó con su firma la excarcelación a Astiz y Acosta, y desencadenó un pedido de juicio político en su contra y de Guillermo Yacobucci, impulsado por la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación.
"La prolongación no puede justificarse con la demostración de que persiste el peligro de fuga o de entorpecimiento de la investigación, porque estos son presupuestos de imposición de la prisión preventiva que, si no persistiesen, no justificarían ninguna continuación de la privación de la libertad aunque el plazo de ésta no fuese en sí excesivo o desproporcionado", explicó García en este fallo.

Por ello, remarcó que "cuando se determina la falta de proporcionalidad de la prisión preventiva, o en otros términos su duración excesiva e irrazonable, la prisión preventiva debe hacerse cesar aunque persistan los peligros procesales".

Al fundar su voto, García invocó que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) tiene dicho que "si la privación de la libertad durante el proceso sólo puede tener fines cautelares y no retributivos, entonces, la severidad de una eventual condena no necesariamente deberá importar una prisión preventiva más duradera".

Sin embargo, al haber mayoría con los votos de los jueces Diez Ojeda y González Palazzo, se fijó una prórroga de la prisión preventiva por ocho meses para Miara y Uballes.

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