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1 de junio 2010 - 22:58

Reabren investigación por presunta "defraudación" en Aerolíneas Argentinas

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Es por la adulteración de un balance de 2002 de la compañía.
La Cámara Nacional de Casación Penal reabrió una causa contra empresarios españoles investigados por presunta "defraudación contra la administración pública" en perjuicio de Aerolíneas Argentinas, entre los años 2000 y 2002.

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La Sala III del Tribunal anuló una resolución que había declarado prescripta la acción penal que tiene como principal imputado al empresario español Antonio Mata Ramayo.

En julio de 2009, la Cámara del Crimen había declarado "extinguida la acción penal por prescripción", y en consecuencia sobreseyó a Mata Ramayo.

En la resolución de Casación, los camaristas Liliana Catucci y Eduardo Riggi revocaron la resolución y decidieron remitir el expediente al juez de Instrucción Alberto Baños, según se informó en Tribunales.

En la misma resolución, los jueces ordenaron varias declaraciones indagatorias y que "se defina la situación procesal de los acusados".

En la causa se investiga un asiento presuntamente falso en el balance de Aerolíneas Argentinas de 2001, mediante la capitalización de 1.238 millones de pesos aportados por la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales de España (SEPI) que "se trataba de meros asientos contables".

"La aprobación del balance se concretó el 18 de octubre de 2002, despojando al Estado Nacional de su participación activa en la aerolínea de bandera", consta en la causa.

Además, se investiga la "entrega de 758 millones de dólares que habría realizado SEPI a Air Comet -empresa controlante de Interinvest SA, que a su vez resulta ser controlante de Aerolíneas Argentinas SA- cuando esa suma debía destinarse a cancelar pasivos de Aerolíneas Argentinas, hecho que no ocurrió".

"Por el contrario, Antonio Mata Ramayo, como presidente de Air Comet, con el dinero adelantado por la SEPI habría abonado u$s 195.000.000 en España a distintos bancos acreedores de Aerolíneas y se subrogó en el crédito", añade la acusación.

"Mediante esa supuesta e inexistente operación, el Estado Nacional -al no poder hacer frente a la capitalización- perdería un porcentual de su participación accionaria, quedando así ubicado por debajo del 2% exigido por la ley para tener prerrogativas tales como pedir información y efectuar denuncias ante la Sindicatura, y transformándose en consecuencia en un accionista pasivo", señala el fallo.

Por último, la Casación estableció que "el objeto de investigación descripto abarca un intrincado entramado de operaciones comerciales, cuyo análisis sobre su legitimidad resulta de una considerable complejidad".

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