17 de abril 2026 - 18:41

Reforma laboral: sin matrícula y fuera de la ley, el Procurador quiso presentarse en la causa de la CGT y lo rechazaron

El juez Raúl Ojeda excluyó la participación de Sebastián Amerio en la causa ya que la ley impide que el jefe de abogados del Tesoro ejerza la profesión en CABA. Pero además, el funcionario no cuenta con matrícula profesional.

El jefe de los abogados del Estado falló en su intento por participar en el expediente que tiene a maltraer al Gobierno. 

El jefe de los abogados del Estado falló en su intento por participar en el expediente que tiene a maltraer al Gobierno. 

En un nuevo intento fallido del Gobierno por revertir las resoluciones judiciales que suspendieron artículos clave de la reforma laboral, el Procurador del Tesoro de la Nación, Sebastián Amerio, dio la noticia este viernes al presentarse como patrocinante en la causa que impulsa la Confederación General del Trabajo (CGT) contra la reforma laboral en el Juzgado Nacional del Trabajo N°63. Pero el juez Raúl Ojeda no dejó pasar un dato fundamental: por el cargo que ocupa, el jefe de los abogados del Estado no está habilitado para participar en el expediente. Por si fuera poco, no tiene matrícula profesional.

El magistrado, titular del Juzgado Nacional del Trabajo N° 63, le dio un nuevo revés a las estrategias impulsadas por el Poder Ejecutivo Nacional para revertir los fallos adversos que acumula en la Justicia por la ley de Modernización Laboral aprobada por el Congreso pero cuestionada por las centrales obreras, las cuales lograron en las últimas semanas que se haga lugar a los amparos presentados para frenar la aplicación de una serie de artículos.

Luego de ratificar la potestad y competencia de la Justicia Nacional del Trabajo en la causa y rechazar un pedido de inhibitoria para que el expediente se mude al fuero Contencioso Administrativo, Ojeda volvió a dar la letra a través de un oficio judicial que tiene como protagonista a Amerio, quien asumió como Procurador del Tesoro en marzo pasado en reemplazo de Santiago Castro Videla, que pasó a ocupar el cargo de Subprocurador en la misma oficina.

Los motivos

Ocurre que Amerio intentó presentarse como "patrocinante letrado" en el expediente, hecho que fue advertido por el juez debido a que no está matriculado y además incumple otros requisitos legales. Según informó Ojeda, el jefe de los abogados del Estado se presentó "sin contar con matrícula profesional", algo que fue constatado en la audiencia.

Además, el titular del Juzgado señaló que también incumplió con el artículo 3, inciso a), apartado 1 de la Ley 23.187, que establece cuáles son las restricciones para ejercer la profesión en el territorio porteño: "No se podrá ejercer la profesión de abogado en la Capital Federal en los siguientes casos: a) Por incompatibilidad: 1. El presidente y vicepresidente de la Nación, los ministros, secretarios y subsecretarios del Poder Ejecutivo de la Nación, el procurador y subprocurador del Tesoro de la Nación, el intendente municipal de la Ciudad de Buenos Aires y los secretarios de la municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires".

Por ese motivo, Ojeda resolvió denegar su participación en el expediente. "Corresponde su exclusión de la representación letrada de la demandada", informó.

La exclusión también incluyó a Castro Videla, dado que la ley también impide que el Subprocurador del Tesoro de la Nación se constituya en una causa como letrado. Misma suerte corrió el también subprocurador Julio Pablo Comadira, aunque el juez aclaró que en su caso acreditó estar matriculado.

En el oficio, el magistrado también advirtió a la letrada apoderada de la demandada "que deberá abstenerse en lo sucesivo de presentar escritos con patrocinio letrado de las mencionadas autoridades nacionales". Por último, también elevó la respuesta para que se ponga en conocimiento de lo sucedido al Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal.

Revés para el Gobierno por la reforma laboral: la Justicia del Trabajo defendió su competencia en la causa de la CGT

Más temprano, el Gobierno sufrió otro revés en la misma causa y con el mismo juez, quien defendió la competencia de la Justicia Nacional del Trabajo para resolver cuestiones vinculadas a la reforma laboral al rechazar un pedido de inhibitoria planteado por el Ejecutivo que pretendía trasladar al ámbito del fuero Contencioso Administrativo la acción judicial de la CGT.

La decisión fue adoptada por el juez Ojeda, quien argumentó que la cuestión sobre la cual se basa la acción declaratoria iniciada por la central obrera "aparece vinculada -principalmente- con aspectos del derecho colectivo (e individual) del trabajo". Es por esto que indicó que "resulta competente para intervenir en el juicio la Justicia Nacional del Trabajo".

La inhibitoria había sido cursada por la magistrada Macarena Marra Giménez del fuero Contencioso Administrativo Federal. Ojeda señaló, entre otros motivos, que en la causa en curso la contienda "será principalmente entre trabajadores y empleadores", en la que, como informó Ámbito, ya fue reconocida la representación de la CGT y la integración de la Unión Industrial Argentina (UIA) en su rol de empleador del sector industrial, además de proponer la incorporación de otras cámaras patronales.

En las últimas horas, el Gobierno pidió a la Corte Suprema frenar una cautelar que suspendió la implementación de una serie de artículos de la normativa.

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