La subrogación de vientres en la Argentina continúa preservando vacíos legales que dificultan el acceso a derechos de todas las partes involucradas, dejando a la práctica sujeta a la acción judicial. En la Cámara de Diputados, vuelven a impulsar un proyecto de ley que aborda la gestación por sustitución.
Subrogación de vientres: proyecto busca regular la gestación por sustitución
Diputados intentan establecer un marco normativo concreto tanto para las mujeres gestantes como para los niños nacidos bajo esta modalidad.
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El texto, de autoría del cordobés Oscar Agost Carreño (Encuentro Federal), se focaliza en el interés superior del niño, y pretende determinar un marco legal concreto para proteger a la mujer gestante (cuya salud, libertad o integridad física no puede ser vulnerada en ningún caso) y a los chicos nacidos bajo esta modalidad ante la desprotección jurídica actual.
La práctica podría establecerse, de avanzar el proyecto, de forma altruista o a cambio de una compensación económica, aspecto que representaría un avance normativo con respecto a la mayoría de los países que permiten estos procedimientos a nivel global. Asimismo, contempla la contención y apoyo psicológico a la mujer gestante junto a la cobertura de salud completa durante el embarazo y hasta un año después del nacimiento.
“No podemos seguir ignorando las dificultades que atraviesan quienes desean ser padres y se ven obligados a enfrentar largos procesos judiciales e incertidumbres legales para que se les permita el acceso a esta técnica”, argumentó Agost Carreño sobre el proyecto, que fue enviado a cuatro comisiones para su tratamiento: Legislación General, Mujeres y Diversidad, Justicia y Legislación Penal.
En caso de que avance en el ámbito de comisiones, el proyecto podría reunir amplios consensos: existen iniciativas similares de Julio Cobos (UCR), Esteban Paulón (Encuentro Federal), María Sotolano (PRO) y Anabel Fernández Sagasti (senadora de Unión por la Patria).
Subrogación de vientres: legalidad en el mundo y la Argentina
La subrogación de vientres es legal en países de América (como Brasil, Cuba, Canadá y algunos estados de Estados Unidos) y Europa (Grecia, Ucrania, Armenia, Albania). Existen casos en donde el marco normativo es total con excepción de extranjeros (Portugal y Rusia), mientras que en la Argentina como en otras naciones latinoamericanas (México y Colombia) la práctica existe sin regulaciones concretas, sino que avanza a partir de casos jurisprudenciales.
En nuestro país, las cifras no oficiales estiman que anualmente se practican entre 200 y 500 procedimientos, muchos de ellos amparados bajo fallos judiciales. La postura de los magistrados para habilitar la subrogación de vientre suele inclinarse favorablemente ante los lazos afectivos que tienen con la mujer gestante, en condición de familiares o amigos, lo que desplaza legalmente a los casos realizados por personas desconocidas a cambio de una compensación económica.
Un último fallo judicial de la Corte Suprema en octubre de este año sentó una compleja jurisprudencia al rechazar el pedido de una pareja de varones que buscaban ser reconocidos legalmente como los únicos progenitores del niño, reconociendo así también a la mujer gestante como tutora legal.
A partir de esa decisión, en la Argentina el niño es hijo de quien dio a luz y, al ser una norma de orden público, no puede ser modificado por acuerdo privado entre partes. La definición obliga a que jueces de tribunales inferiores exijan que los menores sean inscriptos -por la mujer gestante y uno de los padres intencionales- en proceso de adopción para incorporar al padre restante en el marco de la tutoría legal, que no necesariamente desplazaría a la gestante de su estado de madre.
Informe Fernando Brovelli.-
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