20 de junio 2002 - 00:00

Subversión: Duhalde vetó sólo penas por imprudencia

Eduardo Duhalde firmó ayer el veto a un solo artículo de la ley que deroga la «subversión económica». Los senadores habían sancionado, junto con ese proyecto, una serie de delitos incorporados al Código Penal, donde se castigaba la imprudencia y negligencia empresarial, y la malicia en el manejo de los activos de empresas. A pesar de que el FMI pidió la eliminación de todos esos artículos, Duhalde cumplió a medias con el organismo y sólo vetó uno: el cuarto, que pena la imprudencia. No sólo el Fondo había cuestionado la posibilidad de sancionar empresarios por decisiones erróneas, también lo hizo la mayoría de los juristas argentinos. Por eso ahora quedará en firme el delito de vaciamiento empresario cuando se realiza con malicia -dolo-, pero no cuando sólo existe culpa. De lo contrario, y frente a la magnitud de la crisis, miles de empresarios hubieran sido procesados por errores cometidos en el manejo de sus empresas.

Eduardo Duhalde firmó ayer el esperado decreto por el que se veta un artículo de la ley que derogó la «subversión económica» y pone en vigencia el resto de la norma. El Presidente confirmó la observación sólo al artículo cuarto y dejó en firme el resto del proyecto votado por el Senado. Una vez más el Presidente aprueba a medias una ley pedida por Fondo al no vetar todos los artículos agregados a la derogación de la subversión y que transfieren al Código Penal sanciones que hasta ahora se contemplaban en la norma eliminada.Y es que la presión para derogar esos artículos no sólo había provenido del FMI sino también de muchos juristas argumentando, en especial en el artículo cuarto, que se incorporan al Código sanciones contra empresarios que hubieran cometido actos imprudentes o negligentes en el manejo de sus empresas. Una medida de ese tipo hubiera generado procesamientos masivos ante la imposibilidad de evaluar con certeza las decisiones de las empresas durante la crisis.

La ley que derogó la «subversión económica» comenzó su camino en el Congreso en medio de un escándalo político. El peronismo en el Senado, imposibilitado de imponer el proyecto enviado del Ejecutivo, terminó cerrando una alianza con senadores de partidos provinciales y, a la madrugada, cambió de postura y votó un proyecto de derogación impulsado por el tucumano PabloWalter y el salteño Ricardo Gómez Die z. El trámite pasó luego a Diputados donde el peronismo terminó perdiendo la votación de su propio dictamen y apoyando el proyecto de la radical bonaerense Margarita Stolbize r, que nada tenía que ver con las pretensiones del FMI.

Cuando volvió en revisión al Senado, el radicalismo se negó nuevamente a apoyar al PJ para insistir en la sanción original.

Así, sólo con la intervención del gobernador rionegrino Pablo Veran i, que ordenó levantarse de su banca a la senadora radical Amalia Isidor i, el PJ pudo ratificar el proyecto original del Senado. Todo el proceso vivido en la sanción de la ley terminó con fuertes fracturas en todos los bloques de ambas Cámaras.

•Transferencia

Ese proyecto convertido en ley no sólo establece la derogación de la ley de «subversión económica», sino que en cuatro artículos transfiere al Código Penal delitos que antes estaban contemplados en la norma derogada. Incluso en un caso, el vetado ayer por Duhalde, endurece las condiciones y penas.

Por eso es que el decreto firmado ayer por Duhalde establece la eliminación del artículo cuarto de la ley que incorpora al artículo 174 bis del Código Penal reprimir «con prisión de 6 meses a 2 años a quien por imprudencia o negligencia, o violando los deberes a su cargo, cometiere o prestare consentimiento o concurso para la realización de los actos mencionados en el inciso 6 del artículo 174.»

Esos actos mencionados son: «afectar el normal desenvolvimiento de un establecimiento o explotación comercial, industrial, agropecuaria, minero o destinado a la prestación de servicios; destruyere, dañare, hiciere desaparecer, ocultare o fraudulentamente disminuyere el valor de las materias primas, productos de cualquier naturaleza, máquinas, equipos u otros bienes de capital».

Por eso es que en las explicaciones que dio el gobierno sobre el veto, elaboradas todas por
Jorge Vanossi, se advierte que mantener este artículo en vigencia hubiera significado sancionar la imprudencia en delitos de orden patrimonial, cuando en general el Código reserva esa categoría sólo para los que afecten la vida o integridad física de las personas. Dicho en otros términos: sancionar a quien pudo cometer un error en el manejo de la empresa y que luego derivó en perjuicio, significaría hoy, ante la magnitud de la crisis, penar a la mayoría de los empresarios en el país que, en general, pueden haber tomado decisiones erróneas con seguridad.

Al contrario,
Duhalde no alteró en el decreto de promulgación el artículo 2 que pena por dolo en el vaciamiento de empresas, es decir, las mismas acciones que en el artículo vetado, pero cuando el daño se produce de manera voluntaria y buscando algún tipo de rédito.

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