Una demanda política de justicia social que no debe soslayarse
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María de los Ángeles Sacnun.
El modelo económico profundiza las desigualdades estructurales que persisten entre hombres y mujeres en materia laboral, política, social y económica.
Sin embargo, en este contexto adverso y de profunda regresión en cuanto a la distribución del ingreso, surge un nuevo sujeto político que emerge con contundencia planteando reivindicaciones que cuestionan el patriarcado como forma de organización social injusta y sus implicancias en la esfera pública y privada.
El sistema penal expresa las relaciones de poder que el patriarcado afianzó como modo de dominación sobre nuestro primer territorio soberano, nuestro cuerpo, el cuerpo de las mujeres.
El único delito de género tipificado en el Código Penal -antes de la incorporación del femicidio- era el aborto, y condena a las mujeres.
Estoy convencida que el debate sobre la interrupción voluntaria del embarazo no es un debate binario, no es un debate entre abortistas y antiabortistas. De ninguna manera se promueve el aborto.
Según el informe de Amnistía Internacional Argentina de 2017, en la Argentina se practican 450.000 abortos al año y el Ministerio de Salud de la Nación señala que es la primera causa de mortalidad de mujeres gestantes, según datos oficiales publicados en 2016.
Las políticas públicas deben estar dirigidas en primera instancia a la Educación sexual para decidir y al acceso a los anticonceptivos para no abortar.
El proyecto no obliga a ninguna mujer a realizar una práctica reñida con sus convicciones morales o religiosas, simplemente protege la vida de aquellas que tomen esta decisión y condena a quien lo realice sin consentimiento de la mujer.
Esta problemática debe ser abordada en términos de política sanitaria ya que es una demanda política de estricta justicia social que no debe soslayarse.
Desde 1921 el aborto es legal para ciertos casos en nuestro país. Sin embargo es un derecho que fue sistemáticamente vulnerado.
Ocurrió con Ana María Acevedo, santafesina, cuya vida corría peligro por un cáncer que le habían diagnosticado. Tenía 19 años y dos hijos. Se la condenó a seguir adelante con su embarazo y murió víctima de un sistema injusto que le negó hacer efectivo su derecho a la salud.
El fallo FAL de la Corte Suprema de Justicia de la Nación llevó claridad en cuanto a la interpretación de la ley, de nuestra Constitución Nacional y de los Tratados Internacionales incorporados con rango constitucional.
El derecho a la vida; el derecho a la salud, a la integridad física, psíquica y moral; el derecho a ser libres de tratos crueles, inhumanos y degradantes; el derecho a la autonomía, a la intimidad y dignidad son derechos que las mujeres reclamamos se hagan efectivos. Por ello es necesario garantizar el aborto legal, seguro y gratuito. Que sea Ley.




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