24 de mayo 2002 - 00:00

Nuevas reglas para el maní

Las ventas de maní hacia la Unión Europea (UE) tendrán que reunir las condiciones establecidas para la certificación de todas las partidas a embarcar, según dispuso el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agrolimentaria (SENASA).

El organismo estableció en la Resolución 436/02 las nuevas formas en que se deberán certificar los embarques, con el objetivo de incrementar la calidad del maní argentino, que sumó mercados en los últimos años a raíz del aumento en inversiones tecnológicas. La resolución, firmada por el titular del ente, Bernardo Cané, se elaboró ante el pedido de la UE para que se incrementen los controles en los parámetros de calidad.

Al respecto, el SENASA determinó que las exportaciones del grano al mercado europeo sean certificadas obligatoriamente antes de su embarque, con el objetivo de determinar el contenido de aflatoxinas existente en pequeñas cantidades en la planta. Se estima que la resolución comenzará a aplicarse a partir del 20 de agosto próximo, cuando los exportadores deberán comunicar en un escrito al SENASA la concreción de operaciones, con el objetivo de cumplir con el requisito. También deberán informar al organismo si cuentan con laboratorio propio para efectuar las pruebas y, en caso contrario, precisar en qué laboratorio harán los análisis. Todos los laboratorios deberán estar inscriptos en el Registro Nacional de Laboratorios de Análisis Químicos, Físicos y Biológicos del SENASA.

La resolución determina que las certificaciones responderán a los estándares de calidad argentinos y se sumarán las exigencias requeridas por los diferentes mercados importadores.

Los lotes a exportar deberán tener envases con tarjetas identificatorias en las que debe constar el nombre del establecimiento procesador, la denominación del producto, el número de lote, el año de cosecha, la provincia de procedencia y el nombre de la empresa procesadora, indica la norma.

Por su parte, los exportadores deberán entregar al SENASA una copia del certificado emitido por el correspondiente laboratorio, requisito que deberá cumplirse al momento de realizar el embarque.

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